Tipo penal


Tipo penal del delito de acoso sexual no requiere una relación de dependencia laboral entre el hechor y la víctima, resuelve la Corte Suprema de Colombia.

3 de enero de 2024
La “posición laboral” mencionada en el tipo penal no es aquella fundada en la jerarquización de los empleos en el ámbito laboral y ni en la relación de dependencia y subordinación entre jefe subalterno en los términos señalados por la recurrente, pues lo comprendido en la norma penal es el aprovechamiento de la superioridad respecto de quien se encuentra en un nivel de desigualdad en razón del oficio que ocupa.
No se configura el tipo penal.

Hombre que adquirió un vehículo “tuneado” que aparentaba ser un Ferrari no vulneró la propiedad industrial de la compañía, resuelve Tribunal español.

La naturaleza pluriofensiva del delito se manifiesta en la lesión del patrimonio individual de los titulares del derecho registral y, de otro lado, en la vulneración de los intereses de los consumidores en el ámbito de una economía libre de mercado. Aquí hablamos, sin embargo, de un solo objeto cuyo uso únicamente privado como automóvil de gerencia encaja más en el principio de insignificancia que en el de tipicidad.

22 de octubre de 2023
Norma penal aplicada fue previsible y accesible.

Francia no vulneró el debido proceso de dos empresas que fueron condenadas por sobornar a funcionarios extranjeros, resuelve el TEDH.

Las empresas demandantes, al estar bien familiarizadas con el comercio del petróleo y tener experiencia en transacciones internacionales a gran escala, deberían haber actuado con mayor cautela al evaluar los riesgos cuando decidieron realizar transacciones para la compra de petróleo iraquí pudiendo recurrir, en caso necesario, al asesoramiento jurídico adecuado del que disponían fácilmente.

17 de octubre de 2023
No existió abuso sexual.

Tribunal argentino sobresee a adulto mayor que saludó a nieto con un “piquito” en la boca: no existió un ánimo libidinoso pues el acto no posee connotación sexual.

El saludo mediante un beso en los labios, que el menor había aprendido de sus progenitores, no fue valorado por él como un acto inapropiado o sexualizado. Ni la víctima, ni los médicos forenses lo calificaron de esa manera. Además, no solo no refleja objetivamente una actitud libidinosa sin más, sino que tampoco deriva connotaciones sexuales de las circunstancias de la relación entre el niño y su abuelo.

14 de octubre de 2023
España.

Hombre adulto es absuelto del delito de agresión sexual al no acreditarse que supiese la edad del menor con el que mantuvo relaciones sexuales.

Existe una insuficiencia probatoria para la condena que expone la vulneración, por parte de la sentencia impugnada, de la presunción de inocencia, al no tener en cuenta que el acusado incurrió en un error de tipo vencible provocado por las circunstancias descritas, lo que, con independencia del acto sexual que se da por acreditado, impide apreciar la concurrencia de una conducta dolosa, pues la prueba conduce a tener por acreditado el desconocimiento por el acusado de ese elemento sustancial del tipo.

30 de septiembre de 2023
España.

Tribunal absuelve a hombre del delito de conducción bajo los efectos del alcohol pero confirma condena por conducción temeraria, pues el primer ilícito es absorbido por el segundo.

Al peligro abstracto de la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, se añade ahora el peligro concreto para personas determinadas. El riesgo ha progresado; por tanto, el delito de peligro en el que el riesgo se ha concretado en la vida o integridad de personas concretas, absorbe el delito que había adelantado más las barreras de protección del bien jurídico.

16 de octubre de 2022