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Corte Suprema.
Con prevención.

Corte Suprema desestima recurso de amparo contra Juzgado de Garantía de Copiapó y Gendarmería por el traslado de un interno de la Unidad Penal de Illapel a la Cárcel de la Serena.

El traslado del recluso se fundamenta en que el recinto penal donde se encontraba es de baja complejidad y no reúne las condiciones de segmentación para el perfil criminológico del imputado.

23 de diciembre de 2020

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó que rechazó un recurso de amparo presentado en contra del Juzgado de Garantía de Copiapó y de Gendarmería de Chile por haber dispuesto el traslado de un interno del Centro Unidad Penal de Illapel a la Cárcel de La Serena.

El conflicto surge luego que el Juzgado de Garantía de Copiapó autorizó a Gendarmería el trasladado de un interno en prisión preventiva del Centro de Unidad Penal de Illapel a la Cárcel de La Serena por registrarse un intento de fuga frustrada.

El interno accionó de amparo, señalando que los actos del Juzgado de Garantía de Copiapó y Gendarmería son vulneratorios a su derecho de libertad personal y la seguridad individual. Acusa que la investigación de los hechos que se le imputan se ha prorrogado más de lo necesario siendo que se le investiga solo por el delito de desórdenes públicos, afirmando que es un “preso político”. A su vez señala que el traslado de la Unidad Penal a la Cárcel de La Serena es un acto arbitrario, que se dicta como represalia por los múltiples reclamos que realizó a Gendarmería por el trato que se le brindó en el Centro de Unidad Penal de Illapel. Solicitó que se ordene una audiencia en donde se discuta la ampliación del plazo de investigación en un plazo de 5 días y su traslado al Centro de Unidad de Copiapó.

La Corte de Copiapó rechazó el amparo, estimando que de los hechos de la causa se extrae que el Juzgado de Garantía de Copiapó dictó la medida cautelar de prisión preventiva y la prorroga del plazo de investigación en ejercicio de las facultades que le concede la ley, en un procedimiento legalmente tramitado en el que el amparado ha contado con un defensor de su confianza. A su vez, señala que Gendarmería dictó el traslado del amparado a la Cárcel de La Serena de forma justificada, presentando antecedentes técnicos que califican a la Unidad Penal de Illapel como un recinto de baja complejidad que no reúne las condiciones de segmentación para el perfil criminológico del imputado, que registra un intento de fuga frustrado, decretando su traslado a un complejo penitenciario con mejor infraestructura y niveles de seguridad.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia en alzada compartiendo los razonamientos del fallo de primer grado.

La decisión se acordó con la prevención del Ministro Leopoldo Llanos, quien concurrió a confirmar el fallo teniendo únicamente presente que el petitorio del recurso resulta ajeno a los supuestos y fines del recurso de amparo.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°144.599-2020 y Corte de Apelaciones de Copiapó Rol N°99-2020.

 

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