Contraloría dictaminó que las municipalidades tienen el plazo de un año para adecuarse a la normativa que regula el cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad ciudadana.
“la facultad de autorizar el cierre o medidas de control de acceso a calles y pasajes, o a conjuntos habitacionales urbanos o rurales con una misma vía de acceso y salida, con el objeto de garantizar la seguridad de los vecinos”.