Cobro de pesos


aval

Aval que se constituye para asegurar el cobro de un pagaré es solidariamente responsable del cumplimiento del contrato de mutuo que dio origen a la obligación.

26 de octubre de 2023
El codeudor solicitó no ser condenado al pago solidario, argumentando que sólo se constituyó como aval para asegurar el pago de un pagaré, y no concurrió a la celebración del mutuo que dio origen a dicho documento, lo que fue desestimado por el máximo Tribunal, al observar que la causa de su acto posee una fuente directa con el cumplimiento de la primera obligación contraída, la que no puede ser invalidada por la ausencia de su voluntad en aquel acto.
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