COMPIN

Recurso de protección acogido.

Rechazo de licencias médicas por la SUSESO en base a la mera validación de antecedentes que obran en la COMPIN es arbitrario y vulnera la igualdad ante la ley.

Resolver en base a los mismos antecedentes, vulnera el derecho a recibir un trato acorde a la condición de salud del recurrente y por, sobre todo, a que se reconozca y diagnostique adecuadamente las patologías que padece, para efectos de ordenar el pago, o no, de las licencias médicas.

4 de febrero de 2023
Dictamen N°56059 de 2016 de la Contraloría.

El reembolso de remuneraciones pagadas por períodos cubiertos por licencias médicas rechazadas o reducidas se puede efectuar desde que la COMPIN resuelva el reclamo o haya transcurrido el plazo para interponerlo, dictamina la Dirección del Trabajo.

No impide efectuar los descuentos el hecho de que el trabajador interponga un recurso ante la SUSESO, pues este es un órgano técnico fiscalizador y no el superior jerárquico de las COMPIN, por lo que las decisiones adoptadas por las respectivas Comisiones ya se encuentran firmes.

26 de enero de 2023
Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Aceptado en el finiquito una compensación económica para indemnizar una enfermedad profesional, no puede luego demandarse una nueva indemnización aduciendo el aumento del grado de incapacidad.

El trabajador tenía conocimiento del porcentaje de pérdida de capacidad de ganancia que padecía al momento de consentir el finiquito y aceptó el acuerdo económico alcanzado con la empresa, renunciando a interponer acciones relacionadas con esta materia.

7 de octubre de 2022
Recurso de protección acogido.

Rechazo de licencias médicas sin recabar los antecedentes que permitan conocer el estado de salud del afectado es arbitrario y vulnera la igualdad ante la ley.

La normativa sectorial permite tanto a la SUSESO como a la COMPIN la recopilación de nuevos antecedentes que den cuenta de la condición de salud del afiliado, para así dar una respuesta fundada a la solicitud de autorización de licencias médicas y pago del subsidio de incapacidad.

19 de agosto de 2022
Invalidez.

Rechazo por la COMPIN de licencia médica a persona que padece enfermedad invalidante e incurable, a quién además se negó previamente una pensión de invalidez, es arbitrario e ilegal.

Con ambas negativas se deja en la indefensión y vulnerabilidad a esta persona que sufre una enfermedad permanente, pues se le impide trabajar y recibir el subsidio de la licencia médica por la cronocidad de la patología y a su vez se le niega pensión por considerar que su incapacidad se encuentra bajo el rango previsto.

17 de agosto de 2022
Estatuto Administrativo.

JUNJI debe reincorporar a parvularia desvinculada de su cargo a pesar del informe contrario de la COMPIN.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Concepción que acogió el recurso de protección interpuesto por una técnica parvularia en contra de la JUNJI, que dejó sin efecto la resolución emitida por este organismo que declaraba vacante su cargo con motivo de salud incompetente. En su libelo, la recurrente expone que ingreso […]

14 de agosto de 2022