
Es deber del Estado, a través de todas sus autoridades, eliminar toda clase de discriminación arbitraria, a fin de lograr la igualdad jurídica entre los sujetos de derecho.
Es deber del Estado, a través de todas sus autoridades, eliminar toda clase de discriminación arbitraria, a fin de lograr la igualdad jurídica entre los sujetos de derecho.
«Ninguna persona ni autoridad puede sin permiso del huésped, ingresar ni penetrar en la intimidad de estas, invadirlas, registrarlas, requisarlas, espiar, fotografiar, filmar ni grabar lo que en su interior acontece, a menos que medie orden escrita de autoridad judicial competente, en los casos y con las formalidades que establezca la ley.»
El empleador que tiene conocimiento de la enfermedad, gravedad y complejidad de la salud de un trabajador, no puede desvincularlo sin el permiso del Ministerio del Trabajo.
No puede predicarse inexistencia o nulidad de los actos que permiten formar la unión marital de las personas mayores de 14 años, puesto que estas poseen la madurez para decidir sobre sus propias vidas y asumir responsabilidades.
El porte de estupefacientes es atípico siempre y cuando su finalidad sea el consumo personal y no afecte el bien jurídico salud pública.
El recurso de casación solo puede prosperar cuando tenga la aptitud de desvirtuar totalmente los fundamentos de la sentencia recurrida.
La sentencia aclara que, el delito de facilitación de medios de comunicación, se se refiere a un contexto de explotación sexual de niños y niñas.
La declaración de “adoptabilidad” de la menor se aplicó de forma desproporcionada, ya que no consideró los múltiples mecanismos de ayuda que la legislación ofrece para apoyar a los padres con problemas económicos.
Aunque la posición política del accionante pueda ser consultada abiertamente por cualquier usuario de Twitter, la Administración y la compañía accionada no están facultadas para publicar sus “datos sensibles” sin mediar su consentimiento expreso.
El Máximo Tribunal colombiano señaló que no estaba probado que la presencia de las tropas de EE.UU. en Colombia tuviera como objetivo preparar un ataque contra Venezuela, como lo alegaba la demandante.
El máximo Tribunal colombiano adujo que los noviazgos no pueden ser considerados como uniones maritales de hecho, ni otorgar derechos como heredar los bienes de la pareja, pues se necesita demostrar ante los jueces detalles como la participación en eventos sociales, el acompañamiento de la pareja en momentos difíciles o la intención de formar una familia.