Funa

Recurso de protección acogido

La “funa” conduce a un juicio de condena previa, a tomar la justicia por en propia mano, lo que no está permitido en nuestro ordenamiento jurídico.

La actividad de la recurrida resulta arbitraria e ilegal y vulnera la honra de la recurrente, indirectamente la de su familia y el prestigio de su negocio a quienes calificó de ladronas, estafadoras e inmorales, sin que se haya presentado denuncia o querella alguna en su contra, resuelve la Corte de Concepción.

28 de noviembre de 2022
Recurso de protección rechazado.

Acusaciones publicadas en Instagram contra un estudiante universitario no vulneran el derecho a la honra si fueron vertidas en una cuenta privada a la que tiene acceso un número determinado de personas.

La Corte da cuenta que el perfil denunciado “tiene como destinatarias sólo a sus 130 integrantes, todas estudiantes mujeres, con el fin de poder realizar catarsis de situaciones vividas por ellas, en un contexto de dominación de lo masculino por sobre lo femenino, y advertir asimismo de conductas atentatorias a sus derechos y generar un ambiente de conexión sonora”.

25 de noviembre de 2022
“Funa” - Derecho al honor.

Titular de una cuenta de Facebook debe responder por comentarios de terceras personas que publiquen en su perfil, resuelve Tribunal Supremo de España.

Debe indemnizar el daño moral por ataques a la dignidad humana, que no es de carácter meramente simbólico, pues debe ser acorde con el relieve de los valores e intereses en juego, por lo que debe protegerse el derecho fundamental no como teórico e ideal, sino como un derecho real y efectivo.

22 de noviembre de 2022