Tercer Tribunal Ambiental declara admisible demanda por daño ambiental contra empresa de extracción de áridos en el Río Rahue.
Los demandantes señalan que la demanda, la extracción fue la condición necesaria de la grave baja del eje hidráulico, disminuyendo la cota del río entre 4 a 5 metros y rompiendo su sello.