Es ilegal y arbitrario el acto de la autoridad administrativa condiciona el inicio del procedimiento de refugio a un trámite que no contempla la ley.
El máximo Tribunal ordenó al Departamento de Migración y Extranjería admitir a tramitación la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado de la recurrente, dentro del plazo de 5 días de ejecutoriada la sentencia.