Datos personales

Fue multada por la autoridad reguladora de Países Bajos.

Multa de 30,5 millones de euros deberá pagar empresa estadounidense de reconocimiento facial que recolectó millones de datos con inteligencia artificial.

La empresa infringió diversas disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), entre las que se destacan el artículo 5(1), que establece los principios de tratamiento lícito, justo y transparente de los datos personales, y el artículo 6(1).

10 de septiembre de 2024
Uso de ChatGPT en la dictación de fallos judiciales.

Inteligencia artificial no sustituye a los jueces y su uso debe respetar los derechos de las personas, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

La IA se podrá utilizar en el sistema judicial para los ámbitos de gestión administrativa y documental, así como el de apoyo a la gestión judicial y la corrección y síntesis de textos; en tales eventos, la utilización de estas tecnologías no remplaza la labor esencial que se le ha atribuido al funcionario judicial, sin embargo, en estos casos, se deberán tener las cautelas necesarias para evitar la transgresión de derechos, tales como el habeas data o la intimidad.

15 de agosto de 2024
Derecho de acceso a la información pública.

Número de cédula de identidad no es información sensible ni está sujeto a reserva, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

Según la jurisprudencia aplicable, no todos los datos que reposan en las hojas de vida, la historia laboral, los expedientes pensionales y demás registros de personal están cobijados por la reserva, sino solamente aquellos que tocan con el ámbito privado e íntimo de las personas, que se ha considerado como datos sensibles.

14 de agosto de 2024
Estados Unidos.

Google violó la ley federal antimonopolio al abusar de su posición en el mercado, resuelve un juez del Tribunal de Distrito de Columbia.

Las prácticas permitieron a Google no solo mantener su posición dominante, sino también inflar los precios de los anuncios de búsqueda, incrementando sus ingresos. El juez afirmó que, tras analizar el testimonio de los testigos y las pruebas presentadas, Google actuó como un monopolista para preservar su cuota de mercado.

8 de agosto de 2024
Covid-19.

Suspensión de enfermera que criticó al sistema de salud en Facebook durante la pandemia del Covid-19, se declara nula por un tribunal español.

La actora únicamente utilizó sus redes sociales a modo de descargo anímico. Pero hay un hecho que es tan evidente que resulta absolutamente extraño que la Administración haya mantenido los cargos en el caso que nos ocupa. Como señala la demanda, los comentarios realizados por la parte actora en sus redes sociales no revelaron secreto alguno. Tampoco dieron datos falsos, ni proporcionaron información falsa sobre el funcionamiento de los servicios del hospital.

20 de julio de 2024
Excepción de falta de legitimación activa rechazada.

Demanda interpuesta contra Cencosud por la presunta filtración de datos personales de clientes puede proseguir, resuelve un tribunal argentino.

La representación de la parte actora se circunscribe al colectivo de los consumidores que hubieran efectuado una o más compras con tarjeta de crédito y/o débito en cualquiera de las sucursales de las tiendas de Cencosud (en cualquiera de sus marcas), y cuyos datos personales se encontraban en las bases de datos de titularidad del demandado a la fecha de cualquiera de las dos brechas informáticas.

9 de julio de 2024
Opinión.

Reconocimiento facial en Argentina, por Lisandro Frene.

Es que su evidente conveniencia práctica debe sopesarse con la potencialidad de violación de derechos básicos para los que puede ser utilizado -y de hecho lo ha sido, en múltiples jurisdicciones- desde la intromisión a la privacidad hasta la persecución de disidentes políticos, pasando por la discriminación de personas.

8 de julio de 2024
España.

Despido de trabajadora que habría mentido en su curriculum vitae es improcedente, resuelve un tribunal español: empresa hizo un uso indebido de sus datos personales.

La trabajadora cedió sus datos personales contenidos en el informe de vida laboral sólo para ese fin específico, no desde luego para fines de investigación y régimen disciplinario. Coincidimos por ello con la recurrente, en que ese uso desviado por la empresa de los datos personales cedidos para distinto fin, justificando con ello su despido disciplinario, constituye la ilicitud del tratamiento y vulnera el derecho fundamental a la protección de datos.

18 de junio de 2024
Secreto de las comunicaciones vulnerado.

Despido de trabajadoras que insultaban a su empleador en un grupo de WhatsApp privado es improcedente, resuelve un tribunal español.

El insulto u ofensa grave dirigida por el trabajador/a al empresario/a justifica, como regla general, el despido disciplinario. El referirse al empresario/a, en los mismos términos, en una conversación privada y «cerrada», con expectativa de intimidad, entre compañeras de trabajo que están en conflicto con el empresario, no.

14 de junio de 2024