Reclamo de ilegalidad deducido por Junta de Vigilancia, es rechazado. Existen aguas disponibles en el río Choapa, siendo improcedente su oposición a la constitución de nuevos derechos.
La constitución de derechos de aprovechamiento de aguas no perjudican derechos de terceros, desde que la Dirección General de Aguas dio cumplimiento a los requisitos de los artículos 22 y 141 del Código de Aguas.