Honra

Dichos de profesor de Punta Arenas en contra de Secretaria General de la Corporación Municipal no dañan la honra de la funcionaria ni a la imagen de la institución.

Las publicaciones en el Facebook del docente, emitiendo opiniones críticas contra la gestión de las recurrentes -aunque puedan resultar desagradables-, no constituyen una lesión a la honra, pues las recurridas tuvieron la posibilidad de controvertir, y fueron realizadas en atención a la actividad gremial y laboral de las partes, donde el escrutinio público hacia la funcionaria es parte de la naturaleza del cargo ejercido.

15 de abril de 2024

Municipalidad no puede deducir recurso de protección en representación de un particular que no es funcionario municipal.

7 de agosto de 2023
El municipio de San Carlos interpuso la acción cautelar en favor de una funcionaria del SENDA que expuso ante el Consejo Municipal, y dicha ponencia -de carácter público- fue dada a conocer por un medio de comunicación online de la comuna. El recurrente estimó como vulneradas la honra e imagen de la funcionaria, no obstante, carece de legitimidad activa pues es la propia afectada quien debió comparecer ante la magistratura.
Recurso de protección acogido.

Corte de Coyhaique ordena a usuaria menor de edad eliminar de Facebook comentarios y fotografías ofensivas del recurrente.

La Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar y le ordenó a la recurrida proceda a eliminar de Facebook, todo comentario y expresión directa e indirecta y abstenerse de incurrir nuevamente en dichas conductas por cualquier medio de comunicación social, redes sociales u otra forma de difusión masiva.

29 de mayo de 2023