El máximo Tribunal anuló de oficio la decisión de la magistratura del fondo que acogió una demanda de precario, al observar que los jueces no consideraron la relación sentimental que existió entre el anterior dueño del predio y la demandada, de la cual nacieron dos hijas en común y que viven junto a ella en la propiedad; por lo tanto, la ocupación acusada era conocida y tolerada.
Invalidación de oficio
Corte Suprema anula juicio al observar que no se aplicaron las reglas de la Ley Indígena para resolver un litigio entre comuneros.
Es improcedente el cobro judicial de un pagaré cuya acción cambiaria fue reconocida como prescrita por el ejecutante durante la gestión preparatoria.
Corte Suprema ordena pagar honorarios a administradora de inmueble en San José de Maipo que actuó sin existir mandato escrito entre las partes.
Fisco debe pagar 40 millones de pesos a víctima de tortura y apremios ilegítimos durante la dictadura cívico militar.
El demandante fue torturado por agentes del Estado entre el 14 de septiembre de 1973 hasta diciembre de aquel año. El máximo Tribunal enfatizó que la obligación de reparación a las víctimas de violaciones a los derechos humanos, se impone a las instituciones de derecho interno -como la prescripción extintiva-, por lo que un Estado no puede invocar su legislación interna para eximirse de cumplir con dicha obligación, que una norma de Ius Cogens de Derecho Internacional le impone.
Contrato de Leasing celebrado con el anterior dueño es un título que habilita la ocupación, resuelve la Corte Suprema.
La demandada celebró en 2009 un contrato de leasing con el anterior dueño, título que fue inscrito en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, por lo tanto, la ocupación del inmueble no es por mera tolerancia del demandante, sino fundada en un título válido.
Deudas CAE cuyo titular es el Fisco son imprescriptibles, resuelve la Corte Suprema.
El artículo 13 de la Ley Nº20.027 establece que las deudas contraídas con ocasión del Crédito con Aval del Estado no prescriben, independiente de la cantidad de cuotas en que se haya emitido el pagaré en favor del deudor.
Terceros que puedan verse afectados con una solicitud de información deben ser notificados para que puedan oponerse a la entrega, resuelve la Corte Suprema.
La Comisión para el Mercado Financiero omitió la notificación a los terceros interesados, incumpliendo el mandato del artículo 20 de la Ley de Transparencia. El máximo Tribunal invalidó la resolución recurrida, acotando la información que debe entregarse al peticionario, al considerar que a los terceros se les vulneró el derecho al debido proceso.
Se acreditó la posesión regular del inmueble por un plazo de cinco años por lo que procede declarar que el demandante lo adquirió por prescripción adquisitiva.
La Corte de Valparaíso revocó el fallo de primer grado que rechazó la demanda principal de reivindicación y acogió una reconvencional de prescripción adquisitiva, y en su lugar, acogió la reivindicación; decisión que fue anulada de oficio por el máximo Tribunal, al observar que los jueces de fondo no consideraron la prueba que evidenciaba la falta de individualización de la porción que intentaba reivindicar el demandante, y que el demandado poseía de buena fe por más de cinco años.
Créditos con Aval del Estado (CAE) para estudios superiores cuyo titular es el Fisco son imprescriptibles, confirma la Corte Suprema.
El ejecutado opuso la excepción de prescripción de la acción cambiaria, al transcurrir más de un año desde que la deuda se hizo exigible y la notificación de la demanda, pero el máximo Tribunal estimó que la titularidad de la deuda corresponde al Fisco, por ende, en atención al artículo 13 inciso segundo de la Ley Nº20.027 no prescribe su cobro.
Fisco debe pagar 120 millones de pesos a detenido, torturado y condenado a 5 años de cárcel por un Consejo de Guerra durante la dictadura cívico-militar.
El actor fue detenido en 1973 y liberado en 1978, tiempo en el que fue torturado por agentes del Estado. El máximo Tribunal anuló de oficio la sentencia que redujo el monto indemnizatorio a 40 millones, al estimar que la magistratura no explicó el razonamiento para tal disminución de la reparación, y confirmó el fallo de primer grado que ordenó el pago de 120 millones a título de daño moral.
Empresa debe pagar 125 millones de pesos a abogado por honorarios adeudados, resuelve la Corte Suprema.
El máximo Tribunal anuló de oficio la sentencia al observar que la magistratura infringió el principio de congruencia, pues luego de acreditar la existencia de un monto pactado entre las partes desestimó la acción de cobro por un error formal en el monto pedido en el libelo, situación que evidencia una falta de consideraciones de hecho y de derecho que justificaron el fallo.
Servidumbre minera por un plazo de 20 años es concedida por la Corte Suprema.
Anuló de oficio la sentencia de alzada que confirmó la de primera instancia que otorgó la servidumbre, con declaración de que el plazo será de 40 años. Los jueces de fondo no expusieron el razonamiento que los llevó a conceder tal cantidad de tiempo, en circunstancias que el Fisco cuestionó la existencia de proyectos mineros en el predio afectado, configurándose un vicio de nulidad formal por la falta de justificación del fallo.
Corte Suprema ordena continuar con juicio ejecutivo iniciado por la Universidad de Chile en contra de un deudor de crédito solidario.
El máximo Tribunal observó que la magistratura erró al considerar prescrita la acción de cobro, debido a que no transcurrieron los 3 años de plazo indicados en los artículos 2514 y 2521 del Código Civil, contados desde la fecha en que la cuota del crédito se hizo exigible en 2019.