Ley de Transparencia

"Privacidad y derechos tanto de la denunciante y denunciado".

Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad presentado por Fonasa en contra de la resolución que le ordenó entregar los antecedentes de sumario administrativo, solicitado por ley de transparencia.

El Tribunal de alzada descartó actuar ilegal del Consejo para la Transparencia (CPLT) y le ordenó la entrega de la información, tarjando los antecedentes personales de los involucrados en el proceso administrativo.

26 de agosto de 2021
"Es fácil advertir que el SERVEL modificó su argumentación".

Corte de Santiago rechaza reclamo del Servel contra resolución que le ordenó entregar información por ley de transparencia.

La resolución agrega que como se ve, solo ante esta Corte la reclamante trae a colación que la entrega en formato digital de la información respecto de la que se accedió a la solicitud resulta improcedente, no obstante que esa manera de proporcionarla nunca fue admitida por ella, ni siquiera advirtiendo la imposibilidad jurídica y material que ahora esgrime.

5 de julio de 2021
Acceso a la Información Pública.

Corte de Santiago confirma resolución del Consejo para la Transparencia y ordena al Instituto de Salud Pública entregar información sobre registro sanitario de tres productos farmacéuticos.

El CPLT aplicó correctamente el principio de división de la información, establecido en el artículo 11 letra e) de la Ley N° 20.285, manteniendo bajo reserva los antecedentes referidos a la fórmula de los productos farmacéuticos, entre otros datos sensibles.

10 de junio de 2021
Acceso a la información pública.

Proyecto de Ley “Transparencia 2.0” es aprobado por el Senado.

Para fortalecer y aumentar los estándares de transparencia en el ejercicio de la función pública. Se amplían los sujetos obligados para incorporar a los órganos autónomos constitucionales, a las corporaciones municipales y a las empresas concesionarias de servicios públicos.

4 de mayo de 2021
La Superintendencia de Pensiones está en la obligación de dar cumplimiento al principio de transparencia de la función pública.

Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los reclamos de ilegalidad presentados por administradoras de fondos de pensiones en contra del CPLT que ordenó a la Superintendencia de Pensiones entregar información sobre los manuales destinados a regular la forma en que los afiliados pueden obtener el pago de beneficios.

El Tribunal de alzada estableció que la información solicitada a la Superintendencia de Pensiones es de carácter público y no se encuentra cubierta por causal de reserva legal. 

14 de abril de 2021