Si la información solicitada se encuentra en bases de datos, se cumple con la obligación de transparencia, en la medida que se entreguen esas bases de datos, no siendo obligación del servicio sistematizar la misma conforme la particular solicitud que haga el requirente.
Ley de Transparencia
Corte de Santiago confirma resolución que ordena entregar información sobre la Corporación Municipal de Desarrollo Urbano de Colina solicitada por ley de transparencia.
Corte de Santiago rechaza reclamo de ilegalidad presentado por INDH en contra del Consejo para la Transparencia.
Corporación Cultural de Las Condes se encuentra sujeta a la Ley de Acceso a la Información Pública, resuelve la Corte Suprema.
Información de la secuencia genética (ARNm) de la vacuna Pfizer no es información que pueda ser develada vía transparencia. Decide el CPLT.
Su publicidad afectaría los derechos comerciales y económicos del Laboratorio BioNTech, según lo dispuesto en el artículo 21, N°2, de la Ley 20.285.
Corte de Santiago confirma resolución que ordenó al Servel entregar información sobre representantes legales y/o delegados de cada organización de la sociedad civil registrada en la entidad, solicitada por Ley de Transparencia.
El Tribunal de alzada descartó que la información solicitada por ley de transparencia tenga el carácter de reservada o secreta.
Corte de Santiago acoge parcialmente reclamación y ordena al SII entregar información solicitada sobre inicio de actividades de empresas.
El Tribunal de alzada estableció que se debe mantener bajo reserva solo la información respecto al número de trabajadores de dichas empresas, información que, por lo demás, no está en poder del SII.
Información solicitada vulnera los derechos comerciales y económicos de la empresa afectada por lo que el amparo de acceso a la información debió ser rechazado, resuelve la Corte Suprema.
Los ministros recurridos de la Corte de Apelaciones confirmaron la decisión del Consejo para la Transparencia, que ordenó dar a conocer información comercial de la empresa cuya divulgación afecta el desarrollo de su giro comercial y lo pone en una posición de desventaja en el mercado.
Contraloría General de la República no puede proporcionar la identidad del denunciante anónimo porque ello afecta el debido cumplimiento de su función fiscalizadora.
La divulgación desincentiva el rol que le corresponde a todo ciudadano en la labor coadyuvante de dicha función. Los datos de los denunciantes anónimos se encuentra protegidos por la causal de reserva del artículo 21, N°1, de la Ley 20.285.
Corte de Chillán debe tramitar reclamo de ilegalidad en contra de Fiscalía del Ministerio Público que negó el acceso a información que le fue solicitada.
Si bien la Ley de Transparencia es aplicable al Ministerio Público como órgano constitucionalmente autónomo, no se encuentra sujeto a la Fiscalización del CPLT. Ahora, si la Fiscalía niega información a un interesado, este puede interponer reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en el plazo de 15 días corridos.
Información referida a pruebas PSU aplicadas están amparadas por reserva de la Ley de Transparencia, resuelve la Corte Suprema.
Las preguntas de las PSU de años anteriores son consideradas para la calibración de las nuevas evaluaciones mediante exámenes pilotos, por lo que su publicidad perjudicaría la confección de los nuevos mecanismos de ingreso (se distorsionarían los estudios técnicos de las preguntas).
Corte de Santiago rechaza reclamo de ilegalidad contra decisión que ordenó a laboratorio entrega de copia digital de antecedentes de registro de medicamento.
El Tribunal de alzada consideró que la entrega de la información no afectará las políticas comerciales del laboratorio.
No obra en poder de la Subsecretaría de Redes Asistenciales listado de ginecólogos objetores de conciencia por causales de aborto. Información debe solicitarse a los distintos Servicios de Salud Pública del país, decide el CPLT.
Del artículo 119 ter del Código Sanitario se desprende que la información relativa a los médicos objetores de conciencia no se encuentra centralizada, por cuanto, dicha objeción debe ser firmada por el objetor y por el director del establecimiento.
Corte de Santiago ordena a Corfo entregar información sobre proyectos de innovación adjudicados solicitada por ley de transparencia.
En fallos unánimes, la Octava Sala del tribunal de alzada desestimó que la información solicitada tenga el carácter de reservada o secreta.