Negociación colectiva

Norma que establece los quórums que se deben cumplir para que sindicato interempresa pueda negociar colectivamente, no produce efectos contrarios a la Constitución, resuelve el Tribunal Constitucional.

El requirente alegó que los preceptos impugnados vulneran sus garantías de igualdad ante la ley, derecho de asociación, libre contratación en el ámbito laboral, derecho a desarrollar una actividad económica, derecho de propiedad y la autonomía de los grupos intermedios

3 de marzo de 2023

Convenios colectivos no pueden ser modificados unilateralmente a través de la autonomía individual de un trabajador porque ello vulnera el derecho a la libertad sindical.

29 de agosto de 2022
La negociación colectiva está dotada de un marco claro de actuación que debe respetarse, y a tal efecto las previsiones del convenio colectivo no pueden verse modificadas por decisiones unilaterales del empresario ni por la autonomía individual, en tanto que ello implica eludir el derecho de negociación.