PDI

Ilícito perpetrado en la comuna de La Cisterna.

Juzgado de Garantía de Santiago decreta la prisión preventiva de imputados Vásquez Villenas, alias “Lucho plátano”, e Inostroza Morales por robo con homicidio de comisario de la PDI.

En la audiencia de formalización, la magistrada ordenó el ingreso de Vásquez Villenas al módulo de alta seguridad del Complejo Penitenciario de Rancagua y de Inostroza Morales, al Centro de Detención Preventiva Santiago Uno, por considerar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y evidente peligro de fuga. Además, fijó en 180 días el plazo de investigación.

10 de febrero de 2023
Cámara de Diputados.

Congreso estableció proceso unificado de búsqueda de personas desparecidas.

La ley 21.500, que se encuentra en proceso de redacción de su reglamento, tiene como finalidad que exista un criterio unificado entre las distintas instituciones estatales, para dar más celeridad a la búsqueda de personas extraviadas. Además, establece la obligación de recibir la denuncia y la realización de diligencias dentro de las primeras 24 horas de la denuncia.

9 de febrero de 2023
Artículo 47 del Decreto N°5, de 1992, del Ministerio de Defensa Nacional.

Póliza de garantía que deben contratar apoderados de alumnos regulares de la Escuela de Investigaciones Policiales puede ser contratada libremente con cualquier compañía del giro de los seguros, dictamina el Contralor.

No existe norma de rango legal que determine la contratación exclusiva con una empresa específica. Debe entenderse tácitamente derogado el artículo 47 del Decreto N°5, de 1992, al igual que todas aquellas normas que establecían la obligación de rendir caución en el ex ISE. Dicha entidad se encuentra legalmente extinguida en razón del artículo 3 de la Ley 18.679 y el Decreto N° 308 de 1988.

7 de febrero de 2023
Recurso de protección rechazado.

Resolución que ordena reintegrar las sumas percibidas presumiblemente en exceso por concepto de licencias médicas de funcionario de la PDI, no es una materia a resolver en sede de una acción cautelar, resuelve la Corte de Antofagasta.

No existe un derecho indubitado en favor del recurrente, quien estuvo en conocimiento de cada uno de los rechazos o reducción de sus licencias médicas, sin objetar estar resoluciones de lo que se desprende su conformidad con lo resuelto.

27 de enero de 2023