Contempla la prohibición de la venta de tabaco a personas nacidas después del 1 de enero de 2009, lo que efectivamente impediría que las futuras generaciones accedan a este producto. Asimismo, se establecerían sanciones pecuniarias inmediatas para los comerciantes que vendan cigarrillos y dispositivos de vaporización a menores de edad.
Salud pública
Organizaciones “antitabaco” demandan al gobierno federal de los Estados Unidos por permitir la comercialización de cigarrillos mentolados.
Impugnación a ley que exige imágenes que alerten sobre los riesgos asociados al tabaquismo en los paquetes de cigarrillos, se rechaza por tribunal estadounidense.
Negativa de los padres a vacunar a su hija constituye no sólo una afectación de la integridad física de su hija, sino que de toda la población.
Alemania despenaliza la posesión y el consumo de cannabis con fines recreativos.
El respaldo a esta legislación fue argumentado por el Ministro Federal de Salud, Karl Lauterbach, quien destacó los fracasos de las políticas de prohibición anteriores, que llevaron a un aumento del consumo entre los jóvenes y la proliferación del mercado negro. Lauterbach hizo hincapié en la importancia de enfocarse en la educación y en la eliminación del mercado negro como estrategias más efectivas.
Entrega de material educativo sobre prevención del suicidio en puntos de venta de armas de fuego no viola la Primera Enmienda, resuelve un tribunal estadounidense.
La ordenanza no infringe la Primera Enmienda, que protege la libertad de expresión, ya que el discurso requerido es factual y no controvertido, y está dirigido a promover un interés legítimo del gobierno en la prevención del suicidio y la salud pública.
Ley que fortalece vínculo entre Hospital Clínico de la Universidad de Chile “Dr. José Joaquín Aguirre” y el sistema nacional de salud, fue publicada en el Diario Oficial.
Amplía y robustece la Red Asistencial que atiende a la población del sector norte de Santiago y fortalece la red de alta complejidad a nivel nacional
Juzgado Civil de Santiago confirma multa por 200 UTM a farmacéutica por comercializar ampollas de cloruro de potasio inyectable contaminadas.
El juez desestimó, con costas, la reclamación deducida por BPH en contra de la resolución exenta, dictada por el Instituto de Salud Pública, que la sancionó por infringir el Código Sanitario.
Prohibición de exportar embriones y esperma para procedimientos de fecundación post mortem no vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El Estado llevó a cabo su control de las denegaciones impugnadas según la metodología establecida en la jurisprudencia nacional. En las circunstancias de los presentes casos, no existe motivo para apartarse de las conclusiones del tribunal interno. Las autoridades nacionales lograron un justo equilibrio entre los intereses en juego y actuaron dentro de su discreción.
La decisión de FONASA de no financiar el medicamento VOXZOGO prescrito por el médico de un niño no es ilegal ni arbitrario.
Ni el medicamento solicitado, ni sus principios activos, han sido evaluados por el ente especializado, el Instituto de Salud Pública. Por lo mismo, no es posible adelantar juicio sobre su efectividad.
Farmacias municipales pueden vender medicamentos por medios electrónicos y contar con un servicio de entrega otorgado por un tercero.
Existiendo una licitación que sustente la tercerización del servicio, no se advierten reparos en su ejecución.
Proyecto de reforma constitucional consagra el incentivo de la atención pediátrica integral en los centros de salud
Es necesario que la primera línea de contacto, la responsable de la atención del núcleo familiar, realice una medicina integral, otorgando prioridad a las acciones de protección y fomento. En el área de atención pediátrica esto significa supervisión del crecimiento y desarrollo, prevención, observación y tratamiento oportuno de sus desviaciones.
Corte Suprema absuelve a particular acusado de cultivar ilegalmente marihuana en la región de Aysén.
El máximo Tribunal estimó que el cultivo de cannabis que el recurrente mantenía en su domicilio y en el de unos vecinos, era utilizado para el tratamiento de enfermedades, motivo por el que no existe peligro para la salud pública, que tutela el artículo 8 de la Ley N°20.000, y por lo tanto, el hecho carece de antijuricidad material.
Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados solicita que codifique la técnica de reproducción asistida por Fonasa.
En la actualidad, el procedimiento médico no está codificado por el Fondo Nacional de Salud, por lo que no tiene cobertura de parte del sistema público, lo que se solicita a fin de garantizar su acceso equitativo en la población.