El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, la igual repartición de las cargas públicas, el derecho de propiedad y el principio de seguridad jurídica, desde que no tiene por qué responder por una función social o pública, ya que la distribución de dicha carga no está fundada en criterios igualitarios ni equitativos, menos, si se le priva de un atributo esencial de su derecho real, en concreto, de la facultad de usar y disponer de la cosa, sin que exista una ley general o especial que autorice esta expropiación por causa de utilidad pública o interés nacional.
SEC
Reclamo de ilegalidad de la ley eléctrica es de derecho estricto por lo que la jurisdicción solo debe verificar si la SEC actuó dentro de la legalidad y en el ejercicio de sus atribuciones
Empresa eléctrica debe reparar y mejorar la red eléctrica que alimenta el domicilio de la recurrente, resuelve Corte de Puerto Montt.
Instalación de gas licuado en tanques no es ilegal si cumple con la normativa, por lo que no se divisa vulneración de derechos constitucionales.
SEC sanciona a comercio por vender productos eléctricos sin certificación.
Por seguridad todos los productos eléctricos que se comercializan en el país deben contar con sello SEC, con la certificación de un organismo técnico autorizado por la Superintendencia.
Superintendencia de Electricidad y Combustibles sanciona a bencinera por vender gasolina de menor octanaje al publicitado.
El servicentro vendía gasolina de 95 octanos como si fuese de 97 octanos.
SEC sanciona a JVL combustibles por vender gasolina de menor octanaje al publicitado.
El servicentro defraudaba a sus clientes que iban a cargar combustible.
SEC multa a CGE con 63 millones de pesos por falta de mantenimiento de sus instalaciones.
Durante una fiscalización a sus instalaciones se encontraron postes de electricidad en mal estado.
SEC sanciona a COPEC por no mantener extintores en servicentro.
Durante una fiscalización de rutina se advirtieron diversos incumplimientos a normas de seguridad.
Compañía eléctrica es obligada a refacturar los consumos eléctricos de una clienta afectada por cobros excesivos.
De acuerdo al informe emitido por la SEC, la empresa no logró justificar el monto reflejado en las boletas de consumo eléctrico, teniendo en consideración que los artefactos que mantiene la recurrente en su propiedad son de bajo consumo eléctrico.
Juzgado de Policía Local se declara incompetente para resolver sobre una infracción a la Ley del Consumidor que ya fue sancionada por la SEC en un procedimiento administrativo anterior.
El SERNAC fundó su denuncia en los mismos hechos establecidos por la SEC en su procedimiento sancionador, ante lo cual el Tribunal declaró su incompetencia por haberse resuelto el asunto aplicando una ley especial, con sujeción al principio del non bis in idem.
Municipalidad debe ejecutar medidas tendientes al retiro de cables aéreos que contaminan el medio ambiente de un conjunto habitacional, resuelve la Corte de Antofagasta.
Los cables no son parte del entorno natural y constituyen un tipo de contaminación, y al colgar hacia la acera o la calle representan un peligro para la integridad física de los transeúntes.
Si se acoge parcialmente la reclamación de ilegalidad y reduce sustancialmente la multa impuesta como el reclamante lo solicitó, en subsidio, el recurso de apelación es inadmisible porque queda desprovisto de agravio o perjuicio.
El objeto perseguido en subsidio por el reclamante se logró, toda vez que fue condenada a pagar una multa considerablemente menor que la impuesta inicialmente por el órgano fiscalizador.
La obligación de informar a clientes las interrupciones del servicio eléctrico forma parte de la calidad de servicio. Comprende la información de cuándo será reestablecido el suministro, lo que debe actualizarse permanentemente.
El deber de emplear adecuados mecanismos de atención no se agota en la sola disposición de canales hacia al público, es necesario que ellos estén habilitados y funcionando, especialmente, en el caso de una emergencia climática.