Acceso a la justicia

No procede separar las acciones ejercidas en sede laboral para declarar prescrita sólo una de ellas, la acción de nulidad del despido.

El máximo tribunal estimó que los recurridos obraron con falta o abuso, al confirmar el fallo de primer grado que hizo lugar a las demandas en sede laboral, salvo la de nulidad del despido, que consideró prescrita por transcurrir más de seis meses, lo que es improcedente debido a que dicha acción dependía de las demás entabladas y que por aplicación del artículo 510 del Código del Trabajo, correspondía reconocer el plazo de 2 años para ejercerla y no los seis meses como ocurrió en la especie.

27 de enero de 2024

La magistratura no puede privar a un médico de la posibilidad de acudir a la justicia laboral para resolver un litigio.

24 de enero de 2024
Los recurridos confirmaron sin más el fallo de base que acogió una excepción de incompetencia absoluta del tribunal, respecto de una demanda declarativa de relación laboral entre un médico y una Corporación Municipal, privando al galeno de su derecho a la tutela judicial efectiva y descartando tempranamente un asunto que debía ser conocido en sede laboral.
Recurso de amparo acogido con voto en contra.

En Chile no existen jueces de cumplimiento o ejecución penal por lo que deben asumir dicha labor los jueces de garantía, resuelve Corte de Talca.

No existe impedimento para que otro juez resuelva una reposición, toda vez que el juez es el órgano y no la persona física, por lo tanto, la reposición debe ser resuelta por el tribunal que dictó la resolución recurrida, sea el titular, el subrogante, el suplente o el nuevo juez.

18 de diciembre de 2023
En el marco del Mes de la Participación del Proceso Constitucional.

Asociación de Funcionarios y Profesionales de la Corporación de Asistencia Judicial propone consagrar expresamente el derecho de acceso a la justicia ante comisión del Consejo Constitucional.

AFUNPRO propone que el texto constitucional debe garantizar el acceso a la justicia como derecho fundamental, por ser una de las obligaciones principales del Estado, asegurando el respeto de los derechos humanos de todas las personas sin distinciones de ninguna especie. Así mismo, el texto debe reconocer un derecho general a la tutela judicial efectiva, con todas las obligaciones que para el Estado importa, y una garantía del debido proceso, que comprenda tanto el proceso civil como el proceso penal.

17 de julio de 2023
Tutela judicial efectiva.

Decisión de tribunal que priva o restringe el acceso a la justicia de una persona es irracional e improcedente.

Corte de Santiago confirmó la resolución de un tribunal del trabajo que, en atención a la cuantía de lo demandado, no permitió tramitar una demanda laboral por no acudir el trabajador previamente a la instancia administrativa ante la Inspección del Trabajo, acto que conculcó el debido proceso y el derecho a un juicio justo del demandante

1 de abril de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado, invalidación de oficio.

Resolución que niega el inicio del procedimiento de liquidación voluntaria es susceptible de ser reclamada mediante el recurso de queja, resuelve la Corte Suprema.

La Ley N°20.720 no contempló al recurso de apelación como vía para impugnar la decisión que niega lugar a una solicitud de liquidación voluntaria, por lo que es factible impugnar tal resolución mediante el recurso de queja atendida la naturaleza especial de esta acción, y en la especie, no privar al fallido de su derecho de acceso a la justicia.

25 de enero de 2023
Recurso de queja acogido, en fallo dividido.

Decisiones de la autoridad administrativa laboral en materia de negociación colectiva sí pueden ser reclamadas en sede judicial, resuelve la Corte Suprema.

La empresa reclamó en contra de la resolución administrativa referida a la calificación de servicios mínimos de su personal en huelga legal. El tribunal de primera instancia se declaró incompetente, hecho ratificado en alzada, privando a la recurrente de su derecho a acudir a la judicatura para obtener una solución al litigio.

5 de enero de 2023
Recurso de queja acogido, con voto en contra.

Los jueces no pueden privar a un trabajador del acceso a un juicio racional y justo amparados en el incumplimiento de un requisito administrativo, resuelve la Corte Suprema.

En atención al principio de protección que es transversal al ordenamiento laboral, el operario puede solicitar la tutela judicial efectiva del conflicto que pone en conocimiento del Tribunal, sin que éste se encuentre en posición de privar al demandante de su derecho al debido proceso.

25 de octubre de 2022