CGR determinó que consejos comunales de organizaciones de la sociedad civil carecen de personalidad jurídica, por lo que no les es aplicable Ley que prorroga mandatos debido a Covid-19.
El ente contralor adujo que el consejo por el que se consulta es un organismo colegiado, de carácter participativo y consultivo, cuya conformación y funcionamiento se encuentran regulados por la ley y los reglamentos dictados al efecto por los municipios.