A través del despido indirecto se hace responsable al empleador de la pérdida de la fuente laboral del trabajador.
Cotizaciones previsionales
Negativa de entregar pasaporte a deudora de cotizaciones provisionales no es ilegal, por mantener orden de arresto vigente, resuelve Corte de Valparaíso.
Órganos del Estado deben pagar las cotizaciones previsionales devengadas durante la relación laboral reconocida por sentencia judicial.
Normas que establecen el reajuste y el interés penal por no pago de cotizaciones previsionales, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
Normas que establecen los reajustes, intereses y multas que se debe aplicar a las deudas por cotizaciones previsionales, no producen resultados contrarios a la Constitución
La capitalización de intereses, tendiente a incentivar el pago oportuno de las cotizaciones previsionales, no ha resultado útil para la consecución de dicho objetivo y se vuelve desproporcionada y, más todavía, contraproducente, pues tampoco motiva el cobro por parte de la ejecutante, como se aprecia de la duración del proceso sub lite, resultando su aplicación contraria a lo dispuesto en el artículo 19 N° 2° y N° 3° de la Constitución en relación con sus artículos 6° y 7°, señala el voto disidente.
Norma que impide apelar sentencia definitiva dictada en juicio de cobranza laboral por no pago de cotizaciones previsionales si no se consigna previamente el total de lo adeudado, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega también que las normas legales objetadas infringen los principios de non bis in idem, la prohibición de enriquecimiento injusto y el de proporcionalidad, el derecho al debido proceso y el derecho de propiedad, desde que la deuda por cotizaciones previsionales original se ha transformado en un monto millonario al liquidarse aplicándose intereses sobre intereses.
Normas que establecen que las deudas por cotizaciones previsionales generan intereses sobre intereses se aplican al Fisco, no producen resultados contrarios a la Constitución.
Capitalizar ahora los intereses conlleva la imposición de una carga desmesurada que grava el patrimonio del Fisco que no provocó -ni podía hacerlo- el incentivo de enterar las cotizaciones durante la vigencia de la relación a honorarios, dado el estatuto jurídico que la regía, hasta la decisión judicial sobreviniente que resolvió –ex post- que se trataba de una relación laboral, lo que produce resultados contrarios al principio de proporcionalidad, señala el voto disidente.
Normas que establecen el reajuste y el interés penal por no pago de las cotizaciones previsionales, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, los principios de non bis in idem y de proporcionalidad, y el derecho de propiedad, desde que el interés penal conduce a un enriquecimiento sin causa lo que genera inevitablemente un extremo sobrendeudamiento al demandado.
El Fisco sólo debe pagar cotizaciones previsionales adeudadas por los periodos en que no existió cláusula contractual que obligara al funcionario a realizar su propio pago.
Una vez declarada la relación laboral, no corresponde condenar al ente a pagar todas las cotizaciones previsionales que se devengaron durante el periodo de vigencia de la relación entre las partes, sino que, solamente aquellas que no fueron solucionadas por no existir cláusula expresa que ordenara al trabajador realizar dicho pago.
Norma que exige consignar la suma total que la sentencia ordena pagar para dar curso al recurso de apelación en el procedimiento de cobranza de cotizaciones previsionales, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la norma legal objetada infringe la tutela judicial efectiva, el derecho a un procedimiento racional y justo y el principio de seguridad jurídica, desde que se le impone una condición económica que obstaculiza su ejercicio, puesto que no cuenta en su patrimonio con la disponibilidad financiera inmediata como para desembolsar en un plazo breve sumas tan elevadas.
Norma que impone al apelante ejecutado en cobranza laboral la obligación de consignar la suma total de lo adeudado, no produce resultados contrarios a la Constitución.
La situación económica de quien requiere no es un enfoque de caso concreto, ya que una valoración de este tipo escapa al razonamiento que exige la inaplicabilidad −siempre de carácter jurídico− en torno a que de la aplicación de una norma legal en una determinada gestión pendiente pueda colegirse la producción de efectos inconstitucionales.
Normas que establecen el reajuste e interés que se devengan por el no pago de las cotizaciones previsionales, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le castiga múltiples veces por el mismo hecho, lo que resulta en una sanción desproporcionada que afecta su derecho de propiedad.
Normas que establecen intereses penales por el no pago de cotizaciones previsionales se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le castiga múltiples veces por el mismo hecho, resultando en una sanción desproporcionada que afecta su derecho de propiedad.
Norma que establece el apremio de arresto para los deudores previsionales, no produce resultados contrarios a la Constitución.
Es importante distinguir el arresto de la pena de privación de libertad. El arresto en Chile es una institución que no forma parte propiamente del proceso criminal, sino que es una forma de apremio en general, para obligar a determinados individuos a adoptar la conducta socialmente necesaria en un momento dado. Así, el arresto es una privación provisional de la libertad, sujeta al cumplimiento de un acto por parte del arrestado.