La propuesta busca establecer un caudal mínimo para el usuario afectado por morosidad, asegurando el acceso a agua potable al menos para el consumo humano, dado que “la importancia del agua para la supervivencia es fundamental. Un ser humano puede vivir sin la ingesta de líquidos solamente de dos a 4 días. Esto se debe a que el agua comprende aproximadamente el 60% del peso corporal humano, siendo el mayor componente de nuestro organismo.
Derecho al Agua
Empresa debe garantizar a mujer el acceso al agua potable a pesar de que su vivienda, construida irregularmente, no cumple con los requisitos legales respectivos.
Iniciativa consagra el dominio público de las aguas y el “derecho al agua” como un derecho humano en la Constitución.
Administración de una Comunidad no puede amenazar a un copropietario con el corte del suministro de agua potable por el retraso en el pago de gastos comunes, resuelve la Corte Suprema.
Municipalidad de Valparaíso debe tomar medidas para garantizar el suministro de agua potable a los habitantes de Laguna Verde.
Aunque se reconoció la adopción de medidas por parte del municipio tendientes a mitigar la crisis hídrica que afecta a la localidad, estas son insuficientes, configurándose de esa manera un comportamiento omisivo de la entidad edilicia, que vulnera los derechos fundamentales de los protegidos.
Prevalece el derecho al agua potable por sobre los intereses agrícolas, resuelve un Tribunal de Países Bajos.
La sequía persistente no sólo genera consecuencias negativas a los agricultores, sino que también provoca daños irreversibles a la naturaleza y a la biodiversidad.
Acción de protección de vecinos de Laguna Verde, que busca que la Municipalidad de Valparaíso los abastezca con agua potable, se acoge a trámite.
Los habitantes acusan que no tienen acceso de manera permanente y constante a agua segura, por lo que deben recurrir a camiones que reparten agua no apta para el consumo humano.
Corte Suprema acoge recurso de protección en contra de Comité de Agua Potable Rural y ordena el restablecimiento del suministro.
Toda persona en razón de su dignidad tiene el derecho a acceder al agua potable, en condiciones de igualdad y no discriminación.
Derecho humano al agua y su acceso, como una garantía indispensable para la vida digna, es una de las iniciativas de normas ingresadas a la Comisión de Derecho Fundamentales.
La propuesta busca garantizar los derechos humanos al agua y mejorar las condiciones de sanidad de los terrenos que son indispensables para una vida digna.
Corte Constitucional de Colombia determinó que Alcaldía deberá garantizar el derecho al agua potable a comunidad indígena Tezhumake.
La Magistratura constitucional colombiana encontró que los miembros de la comunidad debían trasladarse durante más de 3 horas para acceder al agua, y que, en todo caso, tales fuentes no resultaban aptas para consumo humano.
CC de Colombia reitera la protección constitucional del derecho de acceso al agua de los habitantes de áreas rurales.
La Magistratura constitucional colombiana acogió el amparo a esta garantía constitucional e impartió una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo su goce.
CS acoge recurso de protección y ordena a Municipalidad de Nogales asegurar el abastecimiento de 100 litros diarios de agua por persona.
El derecho al agua es una garantía fundamental protegida en múltiples Tratados Internacionales de Derecho Humanos.