Obligación de investigar delitos de trata de personas no depende de la denuncia de la víctima o de los familiares: una vez que el asunto ha llegado a conocimiento de las autoridades, estas deben actuar de oficio.
No se puede negar la credibilidad subjetiva de quien afirma ser víctima de trata de personas, con ocasión de los mecanismos de protección a los que tendrá acceso por parte del Estado