Corte de La Serena acogió protección contra Municipalidad de Coquimbo por no renovar patente de local comercial.
El recurrente estimó vulnerado el derecho a la vida y a la integridad física y síquica de las personas.
El recurrente estimó vulnerado el derecho a la vida y a la integridad física y síquica de las personas.
La recurrente estimó que vulneró la igualdad ante la ley, ya que la Alcaldesa ha puesto a la Unión Comunal que representa en una situación desigual a la de los demás directores.
Debe estarse a ese procedimiento -especialmente previsto- para la sustanciación de esta clase de conflicto.
Concluye el máximo Tribunal señalando que el reproche invocado excede los límites de una acción cautelar.
La acción constitucional fue acogida, con el voto en contra de los Ministros Muñoz y Egnem, sólo en cuanto ordena a la recurrida dar inmediato cumplimiento a lo resuelto por la Contraloría.
La decisión fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Sebastián Hamel, quien estuvo por acoger el recurso deducido.
Concluye la Corte de Santiago manifestando que no existe acto alguno reprochable a la recurrida que signifique una ilegalidad o arbitrariedad.
La facultad de poner término anticipado a los contratos de mantención de aseo en el área municipal y de salud, estaba expresamente contemplada.
La recurrente estimó infringida la igualdad ante la ley, ya que no existe motivo alguno para haber sido despedida.
La decisión fue acordada con el voto en contra de las Ministras Egnem y Sandoval, quienes estuvieron por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos.