CS declaró admisibles protecciones contra Superintendencia de Casinos de Juego por no asegurar en licitación exclusividad territorial para desarrollar actividad de casinos.
Los recurrentes estimaron que se vulneraría la igualdad ante la ley.
Los recurrentes estimaron que se vulneraría la igualdad ante la ley.
El recurrente afirma que se vulneraría la igualdad ante la ley, ya que no se habría entregado razones válidas para rechazar su solicitud de volver a rendir su examen de grado.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Muñoz y Cerda, quienes estuvieron por revocar la sentencia en alzada y de acoger el recurso de protección.
La recurrente estimó que se vulneraría el debido proceso, pues al estimar aplicable el artículo 512 del Código Civil.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Muñoz y el abogado integrante Pizarro, quienes fueron del parecer de revocar la sentencia en alzada y de acoger el recurso de protección.
La recurrente señaló que se vulneraría el debido proceso, pues las recurridas han resuelto por sí y ante sí hacerse justicia por mano propia, constituyéndose en una comisión especial.
El recurrente estimó vulnerada la igualdad ante la ley, por cuanto de modo arbitrario el recurrido ha aplicado discrecionalmente las normas.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Egnem y Prado.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien fue del parecer de acoger el recurso interpuesto.
Los recurrentes afirmaron que se vulneraría la igualdad ante la ley, ya que la autoridad, con su actuar, establece diferencias arbitrarias.