Agravante

No existen antecedentes que permitan pensar que la modificación introducida a la Ley de Tránsito por la Ley N°20.580, del término “reincidencia” por “segundo y tercer evento”, constituye un cambio en la naturaleza jurídica de la agravante, resuelve Corte de San Miguel.

La existencia de una “ocasión anterior” en que el imputado fuese sorprendido cometiendo esa clase de delitos, no ha sido considerado como una circunstancia agravante por la ley, sino como un requisito, ante el cual el culpable de un segundo evento delictivo de la misma especie, recibe una sanción mayor en lo que a la suspensión de licencia de conducir se refiere, siendo en este caso el de 5 años, refiere el voto en contra.

4 de marzo de 2024

Quien reside en un establecimiento penitenciario no pierde la libertad de sus actos por lo que a pesar de no poder modificarse su condición de reclusa ello no impide aplicar la agravante del artículo 19, letra h), de la Ley N°20.000.

31 de enero de 2024
El significativo aumento de la pena que acarrea la agravante se explica por el riesgo de que se produzcan los dañinos efectos colaterales mencionados de acceder el interno a la sustancia, por lo que, si esta es descubierta antes por la autoridad, la agravante únicamente sancionaría el peligro de un peligro o, si se quiere, la tentativa de una agravante, refiere el voto en contra.

La agravante aplicada solo precisa poner en peligro la vida o la salud, y tratándose de la salud no exige que sea más o menos grave el peligro que potencialmente tenga la aptitud para concretar ese riesgo.

6 de diciembre de 2023
El medicamento Lorazepam, utilizado para tratar la ansiedad, produce como efectos secundarios somnolencia, disminución de reflejos y coordinación, y entre cuyos efectos adversos, sobre todo en niños, se halla la insuficiencia respiratoria leve o moderada, amnesia retrógrada, reacciones psiquiátricas (depresión, confusión), lo que explica que "a causa de la previa ingesta involuntaria del Lorazepam, los menores cayeron en un profundo sueño".

Hombre que amenazó a un motorista por lucir la bandera de España en sus vestimentas incurrió en la agravante de discriminación ideológica, resuelve tribunal español.

28 de noviembre de 2023
El acusado actuó motivado por su aversión hacia la ideología que consideró sin duda de "derechas" del conductor de la motocicleta. No existe otro motivo para la comisión del delito, pues el acusado no conocía al perjudicado, mostrando un comportamiento verbal agresivo y amenazante con desprecio a aquél por la ideología que abandera la unidad de España.
Sanciones proporcionadas y racionales.

Normas que agravan las penas para conductores que incumplen las normas de tránsito en zonas escolares son constitucionales, resuelve la Corte Constitucional de Corea del Sur.

Las desventajas que enfrentan los conductores que deben ejercer una mayor precaución en las zonas escolares y restringir la forma en que conducen son superadas por el interés público en imponer un castigo mayor para los conductores que violan su deber de cuidado para así garantizar que los niños eviten los peligros de los accidentes de tráfico y lleven vidas seguras y saludables.

23 de agosto de 2023
Recurso de nulidad rechazado.

Independientemente que la droga lanzada a la cárcel haya sido incautada antes de su distribución entre los internos, justifica la agravación de la pena, resuelve Corte de Temuco.

La agravante establecida por el legislador en la letra h) del artículo 19 de la Ley Nº20.000 tiene su fundamento en los perniciosos efectos que produce el tráfico de drogas en los recintos penitenciarios, especialmente la afectación de la salud de la población penal, el favorecimiento de la corrupción, y las dificultades que genera en la disciplina penitenciaria.

22 de agosto de 2023
No es una eximente de responsabilidad penal.

La embriaguez es una agravante en la comisión de delitos sexuales, resuelve la Corte Suprema de Perú.

Lo que antes implicaba una rebaja prudencial de la pena, actualmente constituye un motivo que agrava la sanción punitiva del tipo base del delito de violación sexual. La razón: otorgar más protección al estado de vulnerabilidad de la víctima, quien se encuentra expuesto o expuesta a sucesos que atentan contra su indemnidad sexual.

4 de agosto de 2023
España.

Una capucha no es disfraz a efectos de agravar una pena por asesinato, aclara el Tribunal Supremo.

La agravante de disfraz está integrada por un elemento objetivo, el uso de un medio apto para desfigurar el rostro o la apariencia habitual de una persona, y otro subjetivo, el propósito de buscar una mayor facilidad en la ejecución del delito o una mayor impunidad, y en el caso, no está presente la aptitud para alterar la apariencia porque en la forma en que se llevaba la capucha no impedía ver la cara del agresor.

24 de diciembre de 2022