Corte Constitucional de Colombia

Deben respetar el debido proceso.

Corte Constitucional de Colombia delimita las facultades disciplinarias que los partidos políticos poseen sobre sus parlamentarios.

En la aplicación de su régimen disciplinario interno especial de bancadas, los partidos políticos deben garantizar plenamente el derecho fundamental al debido proceso consagrado en el artículo 29 constitucional. La fuerza normativa de la garantía y el derecho al debido proceso no se restringe al ámbito público, sino que invade todo el ordenamiento jurídico, incluso las relaciones entre particulares.

5 de febrero de 2024
Vulnera el principio de laicidad.

Entidad pública debe retirar estatua de la Virgen del Carmen de sus dependencias por atentar contra la libertad religiosa, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

La negativa de la accionada de retirar una simbología religiosa (una estatua de la Virgen del Carmen) de un lugar común y de frecuente afluencia de la ciudadanía a su planta física, independientemente de su propiedad, no se logró justificar en la existencia de un propósito secular relevante y, por el contrario, favorece de forma injustificada y proyecta una adherencia institucional hacia una religión.

30 de enero de 2024
Derechos a la estabilidad laboral reforzada y a la seguridad social.

Corte Constitucional de Colombia dictamina que el fuero maternal de la mujer gestante rige para todo tipo de relación laboral y contractual.

El fuero de maternidad es de naturaleza constitucional y, por tanto, debe garantizarse en cualquier tipo de relación laboral o contractual. De esta manera, el juez constitucional está autorizado para intervenir y hacer efectiva la garantía constitucional de protección a la mujer embarazada.

4 de enero de 2024
Falta de participación en proceso para evaluar impactos ambientales.

Autoridades no garantizaron el derecho a la consulta previa de una comunidad indígena supuestamente afectada por partículas de carbón, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

El Estado es el principal garante del derecho a la consulta previa, ante lo cual las empresas o particulares interesados en la ejecución también tienen deberes. Esta Corte ha señalado que existe un deber de debida diligencia en cabeza de las empresas, que consiste en respetar los derechos fundamentales de los pueblos étnicos.

29 de diciembre de 2023
Principio de favorabilidad.

Corte Constitucional de Colombia resuelve aplicar una normativa en forma retrospectiva para otorgar una pensión de invalidez a una mujer con discapacidad.

La falta de aplicación de la norma vigente puede generar resultados abiertamente inconstitucionales y una desprotección a un sujeto de especial protección constitucional. En consecuencia, a partir de la aplicación retrospectiva de la Ley, se garantizó el cumplimiento de los valores de justicia y equidad y el principio de favorabilidad, todos ellos previstos en la Constitución.

28 de diciembre de 2023
Interés superior del menor.

Derechos de menores de edad presuntamente abusados por su progenitor prevalecen frente al régimen de visitas, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

La presunción de inocencia que rige en el proceso penal no impide que se adopten medidas de protección en favor de un niño si de las evidencias se desprende que ha sido víctima de presunta violencia sexual. Lo anterior, por cuanto las autoridades competentes tienen la obligación de evitar la consumación de cualquier riesgo que pueda vulnerar los derechos prevalentes de este grupo poblacional.

22 de diciembre de 2023
Derechos sexuales y reproductivos.

Entidades de salud deben garantizar el consentimiento informado de mujeres con discapacidad que desean someterse a procedimientos anticonceptivos, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

El enfoque social de la discapacidad implica maximizar la autonomía de la persona con diversidad funcional para garantizar que ejerza sus derechos fundamentales sin obstáculo alguno y en condiciones de igualdad. De ahí que resulte inadmisible que en su caso no se haya intentado obtener su consentimiento informado.

20 de diciembre de 2023
Corte Constitucional de Colombia.

Estado colombiano debe adoptar un enfoque étnico diferenciado para amparar los derechos de una comunidad indígena afectada por un desastre natural.

Se incumplió el deber de brindar especial protección a las personas en situación de debilidad manifiesta. La jurisprudencia constitucional ha determinado que las personas que se encuentren en estado de vulnerabilidad o debilidad manifiesta, como consecuencia de fenómenos sociales, económicos o naturales, son sujetos de especial protección.

10 de diciembre de 2023
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