Corte Suprema

Recurso de queja rechazado.

Plazo para deducir la acción de despido injustificado es de 90 días máximo, resuelve la Corte Suprema.

El recurrente acusó que no operó la caducidad de la acción en su caso, pues interpuso dos reclamos administrativos ante la Inspección del Trabajo, y la magistratura debió considerar la fecha del último de ellos para computar el plazo. No obstante, el máximo Tribunal observó que el actor presentó la demanda en el día 91 luego del despido, excediendo el plazo de 90 días establecido en el inciso final del artículo 168 del Código del Trabajo.

5 de septiembre de 2023
Recurso de queja acogido.

Corte de Valdivia debe conocer y fallar excepción de prescripción opuesta en segunda instancia y que no fue resuelta al confirmar la sentencia de primer grado.

Los ministros recurridos confirmaron el fallo de base sin referirse a la excepción opuesta por el apelante en segunda instancia, infringiendo el principio de inexcusabilidad, así como lo prescrito en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, que permite la tramitación incidental de excepciones deducidas en segunda instancia.

3 de septiembre de 2023
Recurso de protección acogido, con voto en contra.

Decisión de separar a voluntario de Cuerpo de Bomberos por no presentar su renuncia como sanción por incumplir el requisito de asistencia mínima, se deja sin efecto por la Corte Suprema.

La decisión deviene en arbitraria pues carece de fundamento e infringe la igualdad ante la ley desde vez que representa una discriminación respecto de otros voluntarios a quienes se les imputa la misma falta y fueron sancionados con medidas menores, y además no se le permitió al actor impugnar la sanción.

2 de septiembre de 2023
Abandono del procedimiento rechazado, con votos en contra.

El procedimiento debe considerarse como un todo y apreciarse de manera global por lo que las gestiones realizadas en segunda instancia deben considerarse para evaluar si concurre la inactividad o desidia de la parte demandante.

Tratándose de una sanción procesal las normas que regulan este incidente especial han de ser interpretadas y aplicadas restrictivamente, por lo que no es permitido al interprete adicionar otros presupuestos de procedencia de la sanción que el o los expresamente indicados en la ley.

2 de septiembre de 2023
Declaración previa de error judicial acogida.

Consejos de Guerra instalados durante la dictadura cívico-militar son órganos jurisdiccionales por lo que sus sentencias pueden adolecer de error judicial a efectos de reclamar indemnización.

Dichos tribunales no pueden sustraerse de la responsabilidad por aquellas decisiones injustificadamente erradas que hayan dictado, bajo el pretexto de no ser órganos de jurisdicción, sino de represión política, sostiene el máximo Tribunal.

2 de septiembre de 2023
Recurso de nulidad rechazado.

Condena impuesta a acusado por conducir vehículo en estado de ebriedad causando muerte y lesiones graves, se confirma por la Corte Suprema.

El Ministerio Público intentó anular el fallo y solicitar un mayor castigo, debido a que en su opinión los hechos acusados son constitutivos de un concurso ideal de delitos, y no de un concurso aparente de normas penales. No obstante, el máximo Tribunal estimó que en aplicación del principio “non bis in ídem”, debía preferirse la sanción establecida en el artículo 196 Nº2 de la Ley Nº18.290, que subsume todos los resultados en un solo tipo penal.

1 de septiembre de 2023
Recursos de casación en la forma y en el fondo declarados inadmisibles.

Anotación de cambio de acreedor hipotecario se efectuó conforme a derecho, resuelve la Corte Suprema.

Reclamo en contra del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta es improcedente, debido a que no puede casarse formalmente la decisión decretada en un procedimiento voluntario. Asimismo, el reclamante no denunció la infracción de ninguna norma decisoria relacionada con el cumplimiento del Reglamento conservatorio, en atención a inscribir las escrituras que sean presentadas ante dicho auxiliar.

1 de septiembre de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado.

Matrimonio con el anterior dueño del inmueble junto al hecho de que fue declarado bien familiar, son antecedentes suficientes para entender que la ocupación no es meramente tolerada.

La demandada de precario esgrimió la declaración de bien familiar, constituida durante la vigencia de su matrimonio con el anterior dueño de la propiedad, por lo que la mera tolerancia e ignorancia en la ocupación acusada por el actor no es efectiva, al poseer un antecedente contractual que autoriza su permanencia en el sitio.

31 de agosto de 2023
Páginade 412