El Gobierno no proporcionó razones pertinentes y suficientes para la revisión de condenas históricas por crímenes relacionados con el Holocausto. Por lo tanto, las absoluciones habían sido excesivas e innecesarias en una sociedad democrática, lo que llevó a una violación del artículo 8 leído conjuntamente con el artículo 14 del Convenio.
Derecho al respeto de la vida privada y familiar
Europol y Estados miembros de la UE son solidariamente responsables del daño que pudiera producirse por el tratamiento ilícito de datos personales en el marco de su cooperación, dictamina el TJUE.
Orden de expulsión de ciudadano ruso decretada por las autoridades francesas por razones de seguridad nacional, se ajusta a derecho.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos acoge demanda contra Eslovenia por violar las garantías del debido proceso en juicio seguido contra un ex juez condenado por corrupción.
Correspondencia de dirigente político no se violó al revelarse las conversaciones secretas vía email que mantuvo con personeros de otro partido, resuelve el TEDH.
Las búsquedas se habían centrado únicamente en términos particulares y se llevaron a cabo únicamente dentro de la cuenta en el servicio de mensajería del partido. Las regulaciones del partido establecían que dichas cuentas podían estar sujetas a controles, y que estos debían proteger los intereses del partido. Este razonamiento no fue ni arbitrario ni irrazonable. El actor tuvo la posibilidad de ejercitar varios recursos civiles, pero que optó por no hacer uso de ellos.
Lituania debe indemnizar a hombre absuelto que fue involucrado en la adquisición fraudulenta de miles de test para detectar el Covid-19.
Ninguna de las autoridades o tribunales nacionales había proporcionado una explicación adecuada de por qué no había sido posible obtener una orden judicial dadas las circunstancias. Además, la legislación lituana también exigía que fuera necesaria una detención de cualquier duración para impedir que el sospechoso huyera o interfiriera en el proceso, pero las autoridades no abordaron los argumentos presentados por el actor con los que había cuestionado la necesidad de la detención.
Remoción anticipada de jueces del Tribunal Constitucional de Armenia no contraviene el Convenio Europeo de Derechos Humanos, resuelve el TEDH.
Los efectos negativos que la terminación del mandato había tenido en sus vidas privadas no cruzaron el umbral de gravedad necesario para aplicar el artículo 8 del Convenio. No hubo ningún impacto significativo en sus ingresos ni se cuestionó su desempeño profesional.
Polonia vulneró derechos de una mujer que se vio obligada a abortar en otro país debido a la prohibición que impuso el Tribunal Constitucional un día antes de la intervención que tenía programada, resuelve el TEDH.
La sentencia del Tribunal Constitucional equivale a una injerencia en la intervención para la cual la demandante cumplía las condiciones requeridas y cuya ejecución ya había comenzado, creando así una situación que privó al demandante de garantías adecuadas contra la arbitrariedad. Se obligó a la demandante a viajar al extranjero para abortar, e incurrir en costes considerables y a alejarse de su red de apoyo familiar, lo cual debió haber tenido importantes consecuencias psicológicas para ella.
Polonia vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos por la falta de un marco jurídico para proteger a las parejas del mismo sexo.
El Estado polaco se excedió en su discrecionalidad y no cumplió con su deber de garantizar que los solicitantes tuvieran un marco legal específico que previera el reconocimiento y protección de sus uniones. Esta omisión tuvo como resultado la incapacidad de los demandantes para regular aspectos fundamentales de sus vidas y constituyó una violación de su derecho al respeto de su vida privada y familiar.
España debe indemnizar el daño moral causado a ciudadano español nacido en México por su negativa a inscribir su acta de nacimiento durante años, resuelve el TEDH.
Las autoridades no actuaron mientras el demandante, entonces menor de edad, corría el riesgo de sufrir una vulneración de su derecho a la vida privada. Una vez que tuvieron conocimiento de esa situación, cumplieron su obligación de tomar medidas específicas para ayudar al solicitante a obtener la documentación y garantizar el respeto de sus derechos.
Estonia debe indemnizar a padre biológico al negar arbitrariamente su paternidad sobre un lactante reconocido por otro hombre.
Las autoridades estonias no identificaron ni examinaron las circunstancias particulares del caso, ni evaluaron los diversos derechos e intereses de las personas involucradas, incluidos los del solicitante, en cualquiera de los dos procedimientos que permitieron la adopción o los relativos a su nulidad. Por tanto, se ha producido una violación del artículo 8 del Convenio.
TEDH condena a Italia por su negativa a registrar el acta de nacimiento de una menor nacida a través de gestación subrogada.
La menor, de cuatro años, había sido mantenida desde su nacimiento en un estado de incertidumbre prolongada en cuanto a su identidad personal. En particular, al no tener un parentesco legalmente establecido se la consideraba apátrida en Italia. Por lo tanto, a pesar del margen de apreciación otorgado al Estado, las autoridades incumplieron su obligación de salvaguardar los derechos de la menor.
Francia no vulneró los derechos de una persona intersexual al negarse a registrar su género “neutro” en su certificado de nacimiento.
En ausencia de un consenso europeo en esta materia, es apropiado dejar que el Estado demandado determine a qué velocidad y en qué medida podría satisfacer las demandas de las personas intersexuales, como la demandante, con respecto a su género.