Principio de no discriminación


Trabajadores a plazo fijo tienen derecho a conocer los motivos de su despido al igual que los trabajadores a plazo indefinido. Las contravenciones a esta disposición vulneran la tutela judicial efectiva.

22 de febrero de 2024
La mera naturaleza temporal de una relación laboral no basta para justificar el trato menos favorable de los trabajadores con contrato de duración determinada. La flexibilidad inherente a este tipo de contrato de trabajo no se ve afectada por la comunicación de las causas de despido.

Trabajadores a tiempo parcial pueden optar a remuneraciones complementarias en condiciones no desventajosas respecto a los trabajadores a tiempo completo, resuelve el TJUE.

24 de octubre de 2023
La existencia de umbrales idénticos de activación de la retribución complementaria representa, para los pilotos a tiempo parcial, un tiempo de actividad de vuelo superior al de los pilotos a tiempo completo en relación con su tiempo de trabajo total. Por lo tanto, los pilotos a tiempo parcial tienen una carga de trabajo mucho mayor y cumplen con mucha menor frecuencia los requisitos para tener derecho a una retribución complementaria que sus compañeros que trabajan a tiempo completo.
Legitimación activa de organizaciones sindicales.

Corte de Apelaciones de Santiago acoge recurso de nulidad interpuesto por sindicatos de multitienda y declara que incurrió en prácticas que atentan contra el Principio de No Discriminación.

La denunciada incurrió en actos que lesionan el Principio de No Discriminación al establecer distinciones entre los trabajadores de la empresa que adscribieron un pacto de suspensión de relación laboral en virtud de la Ley de Protección al Empleo, además de ejercer presión para su firma.

11 de enero de 2023
Principio de no discriminación.

Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró constitucional “Estatuto de Personas con Discapacidad” que obliga a empresas de alquiler a disponer de un vehículo adaptado por cada 20 vehículos de la flota.

La Magistratura constitucional brasileña adujo que la libertad económica, debe sopesarse con otros valores constitucionales como la función social de la propiedad, la protección del consumidor, la protección del medio ambiente y la reducción de las desigualdades sociales.

29 de septiembre de 2020