Recurso de unificación de jurisprudencia

Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

Cotizaciones previsionales deben ser pagadas con los respectivos intereses, si la relación entre las partes ha sido declarada como laboral.

El Fisco debe pagar las cotizaciones previsionales adeudadas a un funcionario respecto del cual fue declarada la existencia de la relación laboral, en atención a las reglas del artículo 63 del Código del Trabajo, pero sólo al período correspondiente en que la sentencia de primer grado quede firme y ejecutoriada.

27 de octubre de 2023
Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Abogado contratado a honorarios por más de 15 años por la Municipalidad de Temuco está sujeto el Código del Trabajo.

En atención al principio de primacía de la realidad, el máximo Tribunal sostuvo que el vínculo entre las partes obedece a uno laboral por existir elementos de subordinación y dependencia, por lo que desechó el argumento expuesto por el municipio que pretendía encuadrar la relación como estatutaria.

21 de octubre de 2023
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido, con voto en contra.

Despido de educadora de párvulos que descuidó a uno de los niños bajo su cuidado se confirma por la Corte Suprema.

Al momento de sacar a caminar a los 31 infantes que custodiaba a un parque cercano, la parvularia no se percató que uno de los niños se quedó en el baño del jardín infantil solo y por más de treinta minutos, circunstancia que fue calificada como una omisión temeraria por parte del empleador, que la despidió invocando la causal del artículo 160 Nº5 del Código del Trabajo.

13 de octubre de 2023
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

Corte Suprema declara existencia de relación laboral entre abogado contratado a honorarios y SEREMI de Minería de Coquimbo.

No obstante, el máximo Tribunal estimó que no procede el pago de cotizaciones previsionales -sólo aquellas de cesantía-, al poseer todos los contratos firmados entre el letrado y la SEREMI la cláusula relativa a impuestos y previsión, en la cual, el prestador se comprometía a pagar sus obligaciones previsionales, lo que hizo de forma parcial.

13 de octubre de 2023
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

Profesores de escuelas municipales no están sujetos a las normas del Código del Trabajo sino al Estatuto Docente, resuelve la Corte Suprema.

Por aplicación del principio de especialidad, dichos profesionales se encuentran reglados por el Estatuto Docente, por tanto, su contratación no posee el carácter de laboral, y rigen a su respecto las normas del Estatuto especial al momento de finalizar su prestación de servicios.

28 de septiembre de 2023
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

Las normas de protección a la maternidad obligan al tribunal a justificar el desafuero más allá de la simple comprobación mecánica de los requisitos legales.

En marzo de 2022 el municipio no renovó el contrato por obra y faena de una trabajadora embarazada y solicitó al tribunal el desafuero maternal, el que fue otorgado por la magistratura al verificar el cumplimiento de los requisitos del artículo 174 del Código del Trabajo.

22 de septiembre de 2023
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

Acción de nulidad de despido es compatible con aquella de despido indirecto, resuelve la Corte Suprema.

La finalidad de la nulidad del despido es precisamente proteger los derechos de los trabajadores afectados por el incumplimiento del empleador en el pago de sus cotizaciones de seguridad social, la que no se cumpliría si sólo se considera aplicable al caso del dependiente que es despedido por decisión unilateral del empleador

20 de julio de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado.

Acción de cobro de deudas previsionales prescribe en el plazo de 5 años, resuelve la Corte Suprema.

La AFP intentó el cobro de montos previsionales impagos respecto de una trabajadora por el período 2006 a 2008, en circunstancias que la afectada dejó de prestar servicios para la demandada en 2012, siete años antes de deducir la demanda, plazo que excede con creces el término de cinco años establecido en el artículo 31 bis de la Ley Nº17.322.

19 de julio de 2023
Protección a la maternidad.

Para otorgar el desafuero no basta solo con acreditar que terminó el contrato por el vencimiento del plazo. Depende de los demás antecedentes que se ponderen por lo que la decisión puede ser positiva o negativa, resuelve la Corte Suprema.

La facultad otorgada al juez por el artículo 174 del Código del Trabajo, no debe entenderse como la mera revisión de un requisito objetivo para conceder el desafuero de la trabajadora embrazada, pues aquello priva de su espíritu protector al fuero maternal.

7 de abril de 2023
Páginade 13