Relación laboral

Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Para reconocer la relación laboral se debe acreditar, entre otros requisitos, que la prestación de los servicios se verificó si intervalos de tiempo, resuelve la Corte Suprema.

El actor pidió que se reconociera un período de 7 años en los que estuvo sujeto a contratos de honorarios, hecho que se vio interrumpido por un lapso de cuatro meses en que estuvo contratado bajo la Ley N°18.883, no existiendo continuidad en el período que pide reconocer como único.

11 de octubre de 2022
Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Prestación de servicios en programa municipal de prevención de adicciones no puede ser calificada como una relación laboral, resuelve Corte Suprema.

El programa era financiado por el gobierno central a través de SENDA que evaluaba su continuidad cada año, y el actor no pudo acreditar la existencia del vínculo de subordinación y dependencia al ser el encargado de implementar el desarrollo del programa y no poseer jefatura directa del municipio demandado.

7 de octubre de 2022
Fallo dividido.

Servicios a honorarios de psicóloga prestados en programa de prevención de drogas de la Municipalidad de San Joaquín, corresponden a una relación laboral, resuelve la Corte Suprema.

La profesional desempeñó su labor sujeta a una jornada de trabajo, bajo supervisión e instrucciones de la demandada, percibiendo un estipendio fijo; todas características que configuran el vínculo de subordinación y dependencia (arts. 7 y 8 del Código del Trabajo).

24 de septiembre de 2022