El actor intentó obtener por medio de la acción cautelar una calificación de enfermedad profesional, respecto del padecimiento psiquiátrico que lo afecta, finalidad que excede los límites del recurso de protección, y que evidencia la absoluta ausencia de un derecho indubitado del recurrente.
Sumario
Baja permanente de Sargento de Carabineros por motivos de salud, se confirma por la Corte Suprema.
PDI debe generar una vacante transitoria para prefecto reincorporado a la institución.
Director de hospital es el jefe del servicio para efectos de resolver en definitiva la destitución de un funcionario impuesta como sanción en un sumario administrativo afinado.
Carabineros de Chile debe concluir sumario pendiente hace siete años en contra de funcionario dado de baja inmediata por “conducta mala” en un plazo de 60 días.
La magistratura estimó que el tiempo transcurrido desde los hechos que motivaron la baja inmediata hasta la interposición de la acción cautelar ha sido excesivo, y la institución aún no culmina el sumario administrativo, manteniendo al actor todo este tiempo en un estado de incertidumbre, excediendo con creces el plazo establecido en el artículo 27 de la Ley Nº19.880 para culminar el procedimiento disciplinar.
Toma de razón de resolución que dispuso el licenciamiento de un Cabo 1º del Ejército, se deja sin efecto por la Corte Suprema.
La magistratura observó que entre la resolución que dispuso el licenciamiento y la toma de razón, transcurrieron más de siete años, tiempo en que el recurrente permaneció en la institución castrense en plena incertidumbre; por lo tanto, la acción disciplinaria se encuentra prescrita y es improcedente tomar razón de la sanción impuesta.
Procedimiento administrativo en el que se decretó el retiro de un funcionario del Ejército por salud incompatible, está viciado al no habérsele notificado en la forma que exige la ley.
El máximo Tribunal estimó que el recurrido no notificó al actor de la forma establecida por la Ley Nº19.880, vulnerando la igualdad ante la ley y lo privó de ejercer su derecho al recurso ante sus oficiales superiores, y ordenó retrotraer el procedimiento al estado anterior a la notificación de las resoluciones impugnadas.
Retiro temporal de funcionario de la Armada que llevaba más de 1200 días con licencia médica se ajusta a derecho.
La magistratura estimó que el retiro se ajusta a la normativa interna de la institución y a sus necesidades operacionales, en razón al extenso tiempo que el recurrente ha presentado licencias médicas emitidas por profesionales ajenos a la Armada, fundadas en un supuesto acoso laboral que no fue capaz de acreditar, negándose -además- a ser evaluado por especialistas de la institución.
Destitución de matrón por atrasos reiterados en el ingreso a su jornada laboral, se confirma por la Corte Suprema.
El profesional prestaba servicios para un nosocomio de la comuna de Coihueco, y en el período entre el 3 de enero de 2022 y el 22 de agosto del mismo año, sumó un total de 554 minutos de atraso, lo que promediaba mensualmente 69 minutos de ingreso tardío a la jornada laboral, lo que motivó el sumario en su contra y la consecuente destitución.
Docente no puede impugnar la resolución que ordena instruir sumario en su contra por ventilar información sensible de la Universidad en programa de radio.
La magistratura sostuvo que no existe un acto terminal por el cual se haya conculcado alguna garantía del recurrente, sino, una serie de actos intermedios orientados a dar curso a un sumario que todavía no está afinado, por ende, no se puede cuestionar en sede cautelar la potestad disciplinar del plantel de estudios para someter a sumario al actor.
Investigación por muerte del poeta Pablo Neruda no se encuentra agotada por existir diligencias pendientes que podrían aportar al esclarecimiento de los hechos.
Como diligencia pendiente se encuentra el peritaje caligráfico del certificado de defunción, en cuanto consigna una causa de muerte inexistente, cual es, la “caquexia cancerosa”, en circunstancias que las pericias efectuadas por el panel de expertos, la descartan.
Corte de Copiapó ordena a director de hospital declarar imposibilidad de continuar sumario contra médico.
La Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción constitucional al constatar el actuar ilegal y discriminatorio de la recurrida.
Carabinero dado de baja con efectos inmediatos no ha ejercido los derechos que el procedimiento administrativo le reconoce para poner fin al retardo del sumario, por lo que no se advierte ilegalidad ni arbitrariedad en el actuar de la institución policial.
No es posible entender aquí ninguna ilegalidad o arbitrariedad que tenga el mérito de vulnerar el derecho de propiedad del recurrente, en tanto que, dependiendo del resultado final del sumario, las remuneraciones le podrán ser restituidas, pero siempre que ello sea procedente.
Retiro temporal de funcionario de Gendarmería investigado por violencia intrafamiliar se ajusta a la normativa que rige la institución.
Los hechos actuales constituyen la segunda vez que el funcionario es investigado por actos de violencia intrafamiliar, por lo que la decisión de la institución de separarlo de sus filas por conducta funcionaria impropia, se ajustó a derecho.