Ambos tuvieron una relación sexual puntual, pero a mediados de 2015, él decidió no continuar y la mujer no aceptó dicha decisión, por lo que comenzó a tomar una actitud de control.
Tribunal Supremo
La Amnistía en la doctrina del Tribunal Constitucional, por Álvaro Redondo Hermida.
Por dilaciones indebidas del proceso seguido en contra del acusado Tribunal Supremo de España reduce la pena privativa de libertad.
Asociación cannábica en Barcelona es ilícita y atenta contra la salud pública, resuelve el Tribunal Supremo de España
La libertad de expresión supera al derecho al honor si contribuye a un debate de interés general, resuelve el Tribunal Supremo de España.
Las expresiones ofensivas, si son aisladamente consideradas, no pueden reputarse como una intromisión ilícita si se consideran proporcionadas con la finalidad informativa o valorativa que se pretende en contextos de crítica.
No existe desobediencia laboral si no ha mediado orden que prohíba un acto determinado.
El despido de una mujer por extraviar documentación laboral, camino a su domicilio, es injustificado, ya que la empresa no prohibió expresamente esta extracción desde sus dependencias y su sanción fue desproporcionada.
La pobreza severa constituye un factor que extrema la vulnerabilidad de quien la sufre y aumenta la superioridad de quien busca aprovecharse de dicha situación en el delito de abuso sexual.
Las personas que viven en la pobreza sufren muchas privaciones que se relacionan entre sí y se refuerzan mutuamente que les impiden hacer realidad sus derechos y perpetúan su pobreza.
Uso de fotos y nombre de un artista fallecido sin la autorización de sus herederos, vulnera el derecho a la propia imagen cuando son utilizados con fines comerciales.
No basta alegar que se trató de un homenaje a un artista para justificar el empleo de su imagen. En el presente caso, las circunstancias en que se utiliza ponen en evidencia su finalidad publicitaria y comercial, y diluyen la relevancia del posible interés cultural.
La libertad de expresión no ampara el insulto. El insulto por redes sociales no es amparado por el derecho fundamental de la libertad de expresión, resuelve el Tribunal Supremo de España.
La veracidad, aun parcial de lo difundido, es un criterio de prevalencia en caso de colisión entre la libertad de expresión y el derecho al honor de funcionarios públicos.
Tribunal Supremo de España absuelve a hombre por el delito de abuso sexual contra menor de 16 años al establecer que fueron relaciones consentidas y eran próximos en madurez.
El grado de madurez física y psicológica entre la víctima y el victimario es fundamental para determinar la exención de responsabilidad penal.
Tribunal Supremo de España absuelve a hombre por el delito continuado de abuso sexual contra mujer con discapacidad psíquica al establecer que se trató de relaciones consentidas.
Las personas con discapacidad psíquica tienen derecho a experimentar su sexualidad y ha no regirse por determinados estándares morales.
Tribunal Supremo anula sentencia que absolvió a dos terroristas del grupo ETA, debido a falta de motivación suficiente.
El máximo Tribunal español consideró que la sentencia de base vulneró los derechos de una de las víctimas al no razonar de manera suficiente los motivos por los que absolvió a los acusados.
Sentencia de imputado que apuñaló a guardia de seguridad de discoteca es confirmada.
La atenuante pasional invocada por el recurrente fue desestimada al no poder probar que se encontraba limitado de comprender los alcances antijurídicos de sus acciones, debido al excesivo consumo voluntario de alcohol y drogas con anterioridad al hecho.
Es anulada condena impuesta a dos activistas que criticaron en un diario local a jueza que falló en favor de una empresa.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró que el castigo impuesto era desproporcionado y contrario a la libertad de expresión, título invocado por los afectados para pedir la anulación de la condena por el Supremo.