Interés superior del niño


Derecho al autogobierno de los pueblos indígenas en materia de familia e infancia, se reconoce por la Corte Suprema de Canadá.

14 de febrero de 2024
Es razonable esperar que los niños y las familias indígenas reciban servicios que sean más apropiados para sus realidades culturales, lo que reducirá la sobrerrepresentación de los niños indígenas en los entornos de servicios para niños y familias. También es razonable pensar que la Ley ayudará a evitar la pérdida de tiempo y recursos involucrados en litigios o negociaciones prolongadas sobre si un grupo, comunidad o pueblo indígena en particular tiene jurisdicción.

Corte IDH condena a Paraguay por la falta de celeridad y diligencia en el proceso de restitución internacional de un menor sustraído.

17 de diciembre de 2023
Los procedimientos administrativos y judiciales que involucran la protección de los derechos de la niñez, particularmente aquellos relacionados con la adopción, guarda y custodia en la primera infancia, deben ser tramitados con diligencia y celeridad excepcional, para que la situación de incertidumbre se mantenga por el menor tiempo posible y genere el menor impacto en la integridad física, psíquica y emocional del niño y de su núcleo familiar.
Recurso de protección acogido por Corte de Santiago.

Razones de índole religiosa de la madre para negar transfusión de sangre a su hijo, resultan insuficientes y ceden ante la necesidad de resguardar el interés superior del niño.

Si bien la madre puede haber tomado la decisión denegatoria pensando en el interés superior de su hijo, nada puede ser más contrario a ello que adoptar una postura que pueda redundar exactamente en todo lo opuesto, esto es, en la muerte del niño.

8 de diciembre de 2023
Requerimiento de inaplicabilidad rechazado con votos en contra.

Norma que impide demandar la nulidad del reconocimiento de paternidad después de un año de haber reconocido a quien creía ser su hijo, no produce efectos contrarios a la Constitución: prevalece el interés superior del niño.

Si hay alguien a quien exigirle que asuma la responsabilidad paterna en estos casos no es a quien erróneamente ha reconocido a un hijo(a) que no es suyo, sino que, al verdadero padre, esto es, al biológico, refiere el voto en contra.

22 de noviembre de 2023
Los derechos del niño y el principio de protección a la familia.

Caso Fornerón e Hija vs. Argentin: 11 años de incumplimiento.

La CorteIDH requirió a Argentina que realice los mayores esfuerzos para tipificar la compra y venta de niños y niñas, tomando el histórico caso «Fornerón». Desde hace más de un año, se encuentra en trámite ante el Congreso de la Nación un proyecto de ley.

4 de noviembre de 2023
Interés superior del menor.

En casos sobre restitución internacional de menores se debe aplicar la perspectiva de género cuando exista un posible maltrato hacia la mujer, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

Al interpretar el Convenio de La Haya de 1980, la autoridad judicial desconoció el interés superior del niño y el enfoque de género. En concreto, no verificó la excepción de peligro grave o situación intolerable para el menor de edad a pesar de los indicios de violencia de género en contra de su progenitora.

23 de septiembre de 2023
Enviado a la Comisión de Familia de la Cámara.

Corte Suprema envía a Cámara de Diputadas y Diputados informe de proyecto de ley que “modifica el Código Civil en materia de régimen de cuidado compartido por separación de los padres y promueve el interés superior del niño, niña y adolescente”.

El informe señala que respecto a las modificaciones sobre las reglas de acuerdos de los progenitores sobre cuidado personal, se observa que la redacción no es clara respecto al establecimiento del régimen de cuidado personal compartido, lo que podría tener implicancias en el ejercicio de las potestades que la iniciativa otorga a la magistratura de familia.

13 de septiembre de 2023
Interés superior del niño.

El agravio que la extradición de los padres puede generar en los niños no son razones que han de considerarse para concederla o no, resuelve Corte Suprema de Argentina.

Razones de índole humanitaria pueden justificar sólo la posibilidad de «aplazar la entrega del reclamado» si existieran «circunstancias excepcionales de carácter personal y suficientemente serias» que hicieran que la «entrega» fuera «incompatible con razones humanitarias».

28 de junio de 2023