Servidumbre minera

Servidumbre minera en favor CODELCO para extender su operación en la división El Salvador constituida por el plazo de 20 años, se confirma por la Corte Suprema.

La estatal pretendía elevar el plazo de la operación por un lapso de 43 años, tiempo en el cual la mina pasará a ser de rajo abierto, no obstante, el máximo Tribunal mantuvo a firme lo decidido por la magistratura, confirmando el plazo y el monto indemnizatorio que la minera debe pagar al Fisco, correspondiente a 151.896 UF.

7 de septiembre de 2023

Servidumbre minera por un plazo de 20 años es concedida por la Corte Suprema.

26 de julio de 2023
Anuló de oficio la sentencia de alzada que confirmó la de primera instancia que otorgó la servidumbre, con declaración de que el plazo será de 40 años. Los jueces de fondo no expusieron el razonamiento que los llevó a conceder tal cantidad de tiempo, en circunstancias que el Fisco cuestionó la existencia de proyectos mineros en el predio afectado, configurándose un vicio de nulidad formal por la falta de justificación del fallo.

Si el predio sirviente posee plantas y árboles en reforestación, la solicitud de servidumbre minera requiere necesariamente la autorización del dueño del inmueble para ser otorgada.

13 de julio de 2023
El demandante no pudo acreditar que poseía el consentimiento del demandado para gravar 7,9 hectáreas en la comuna de Melipilla, en las cuales, existe un programa de reforestación respecto de especies nativas -como el quillay y la palma chilena-, autorización que es necesaria según lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Concesiones Mineras.

La ampliación de la servidumbre minera se sujeta en su tramitación al estatuto del Código de Minería y no a la normativa contenida en el Código Civil, resuelve el Tribunal Constitucional.

12 de julio de 2023
Particulares dueños de predios superficiales presuntamente afectados por solicitudes de ampliación de servidumbres para trasladar agua desalada hacia las faenas de una empresa minera, pidieron que se declare inaplicable el bloque jurídico completo del Código de Minería y de la Ley de Concesiones Mineras que las regulan, sosteniendo que la petición de ampliación debía tramitarse conforme las normas que regulan las servidumbres en el Código Civil, en un juicio de lato conocimiento.
Recurso de casación en la forma acogido.

Tribunal de alzada debe expresar los fundamentos de hecho y de derecho que tuvo presente para adoptar su decisión, resuelve la Corte Suprema.

La Corte de Iquique al confirmar con declaración el fallo de base que acogió una solicitud de servidumbre minera, añadió que cumplido el plazo del gravamen el inmueble “debe ser devuelto en el mismo estado en que se encontró”, sin desarrollar ningún razonamiento para arribar a esta conclusión, incurriendo así en un vicio de nulidad formal.

1 de abril de 2023
Recurso de casación en el fondo acogido, en fallo dividido.

Opiniones subjetivas del tribunal son improcedentes para desestimar la ponderación de una prueba pericial mediante las reglas de la sana crítica.

La Corte en alzada desestimó el informe pericial y aumentó el monto anual indemnizatorio, fundando su decisión en que “la suma fijada en primera instancia resulta poco razonable”, sin desarrollar ninguna explicación de cómo arribó a tal convicción, más allá de consideraciones de índole ecológico y energético, las que fueron consideradas como opiniones personales por el máximo Tribunal.

29 de marzo de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado, en fallo dividido.

Permisos en trámite para el desarrollo de la actividad minera no impiden el otorgamiento de una servidumbre minera, resuelve la Corte Suprema.

El máximo Tribunal sostiene que, si se cumplen los requisitos para el otorgamiento de la servidumbre establecidos en los artículos 120 a 124 del Código de Minería, el gravamen debe ser concedido al solicitante, aun si el beneficiado no se encuentra en disposición inmediata de iniciar la actividad minera, o se encuentran pendientes los permisos respectivos.

6 de enero de 2023