Recurso de protección deducido contra USACH e institución médica, por humillaciones y denostaciones que actora aduce haber sufrido en su práctica profesional, es rechazado.
Al tratarse de una cuestión de naturaleza académica, la vía jurisdiccional es improcedente, ya que la decisión compete al órgano universitario que reprobó su práctica profesional.