Corte Suprema ordena tramitar solicitud de posesión notoria de inmueble reivindicado por Ley Indígena.
El máximo Tribunal estableció que, en la especie, prima la ley especial por sobre la legislación común.
El máximo Tribunal estableció que, en la especie, prima la ley especial por sobre la legislación común.
El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar y ordenó a la parte recurrida abstenerse en lo sucesivo de coartar el ejercicio del derecho a hacer uso de la palabra de los recurrentes, en la forma y oportunidad que corresponda.
El Tribunal de alzada descartó error en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, en la determinación de la pena.
El cambio unilateral en las condiciones pactadas supondría una vulneración al derecho a la integridad psíquica y al derecho de propiedad, según el actor.
Debido a las quejas de los vecinos y multas impagas, no se renovó la patente del recurrente, el cual deslizó la responsabilidad de la renovación en quien arrendaba su comercio de alcoholes.
El fallo impugnado estableció que la carta redactada por el abogado de la empresa fue firmada por la trabajadora, pensando que estaba firmando solo su renuncia al cargo de secretaria del sindicato al que pertenecía.
No procede acusar infracción de las leyes reguladoras de la prueba por diferencias de opinión con los razonamientos del tribunal.
Tal sistema registral obedece a normas propias del gobierno eclesiástico.
La recurrente sostiene que su vida peligra si su hijo no continúa con controles cercanos con su psiquiatra y psicólogo tratante, con los medicamentos indicados y la supervisión directa de la prevención del suicidio.
El recurso busca la paralización de las obras que realiza la recurrida en el sitio colindante, con el objeto de evitar que se continúe destruyendo el cerco medianero.