El requirente alega que las normas legales objetadas infringen la igualdad ante la ley y los principios de proporcionalidad y de legalidad, desde que se le obliga a pagar multas e intereses penales compuestos que exceden todo criterio de racionalidad por ser extremadamente cuantiosos, beneficiando discriminatoriamente a los ex funcionarios, a través de una medida que resulta completamente inidónea para obtener una finalidad disuasiva.
Cobranza laboral
Norma que impide recurrir de nulidad contra la segunda sentencia dictada luego de haberse acogido un recurso de nulidad en procedimiento laboral, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Norma que impide apelar resoluciones dictadas en procedimientos sobre títulos ejecutivos laborales, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Norma que restringe las causales para objetar la liquidación de un crédito laboral y niega el recurso de apelación en contra la resolución que falle la objeción, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Norma del Código de Procedimiento Civil referida al abandono de procedimiento civil y que fue aplicada supletoriamente en un procedimiento de cobranza laboral, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Los requirentes exponen que, a diferencia del proceso ejecutivo en sede civil, en materia laboral el impulso procesal no está radicado en las partes, sino en el tribunal, en cuanto tiene que velar por los derechos y garantías constitucionales del trabajador.
Norma que impide promover el incidente de abandono del procedimiento en juicios de cobranza laboral, no produce resultados contrarios a la Constitución.
Al excluir la procedencia del abandono del procedimiento, el legislador persigue una finalidad que es legítima: no solo busca asegurar la vigencia de la igualdad ante la ley, sino además da vigencia a la protección al trabajador.
Norma que niega el recurso de apelación en el procedimiento de cumplimiento de sentencia y ejecución de los títulos laborales, no produce resultados contrarios a la Constitución.
La requirente fue parte de un juicio de lato conocimiento en que tuvo la oportunidad de oponer excepciones, contestar la demanda, promover incidentes, presentar prueba e impugnar la sentencia. Tuvo la oportunidad de participar activamente ejerciendo su derecho a defensa, por lo que se le han respetado las garantías del debido proceso.
Norma laboral que restringe las excepciones que pueden oponerse en procedimiento ejecutivo no produce resultados contrarios a la Constitución.
Requirente alegó que la norma impugnada vulnera su derecho a defensa e igualdad ante la ley.
Norma que restringe el recurso de apelación en procedimientos de cobranza laboral, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la norma impugnada atenta contra el debido proceso.
Norma que restringe las excepciones que se pueden interponer en el procedimiento ejecutivo laboral, se impugna ante el Tribunal Constitucional en sede de inaplicabilidad.
El requirente alega que se produce una limitación a sus posibilidades de defensa, transgrediéndose sus garantías a un debido proceso e igualdad ante la ley.
Norma que impide apelar contra las resoluciones dictadas en el procedimiento laboral, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la imposibilidad de apelar resoluciones dictadas en el procedimiento de cobranza produce efectos inconstitucionales en la gestión pendiente.
Tribunales deben razonar en derecho el análisis de las pruebas efectivamente rendidas ante ellos.
En caso contrario, sus decisiones incumplen con la exigencia del artículo 170 N°4 del Código de Procedimiento Civil, lo que configura el vicio de nulidad formal del artículo 768 N°5 del mismo cuerpo legal.
Orden de arresto decretada por deuda de cotizaciones previsionales se deja sin efecto. No es imputable a la ejecutada la demora en el cobro de la deuda.
La suma adeudada había sido retenida por la Tesorería General de la República en el año 2014, pero fue consignada en la cuenta del tribunal cinco años después.
Norma que impide solicitar el abandono del procedimiento en juicios de cobranza laboral, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Afecta la igualdad ante la ley, el debido proceso y el derecho a la seguridad jurídica.