El máximo Tribunal indicó que los efectos del abandono decretado en la causa de cumplimiento, no invalidan el derecho obtenido por el demandante en el juicio declarativo, por lo que la magistratura debió dar lugar a la demanda de cobro de pesos en juicio sumario deducida por el Fisco de Chile, fundada en una sentencia previa que ordenó el pago de 78 millones de pesos a su favor.
Fisco de Chile
Declarada la relación laboral es improcedente condenar al Fisco al pago de todas las cotizaciones previsionales si existía cláusula que imponía al funcionario la obligación de pagarlas.
Compensación de deuda CAE realizada por Tesorería General de la República en contra de un crédito laboral del deudor, se ajusta a derecho resuelve la Corte Suprema.
Actora demandó a quien no era su empleador: Excepción de falta de legitimación pasiva se confirma por la Corte Suprema.
Tribunal no puede elevar prudencialmente el monto indemnizatorio por expropiación sin enunciar fundadamente el razonamiento seguido para arribar a tal convicción.
Al conocer la apelación del demandante que reclama el monto asignado por la comisión tasadora, la Corte de Rancagua aumentó prudencialmente la suma de la indemnización, sin explicar coherentemente los fundamentos de tal decisión, lo que la Corte Suprema estimó contrario al principio de razón suficiente que deben seguir las sentencias emanadas por los tribunales de justicia.
Indemnización compensatoria en favor del Fisco de Chile por constitución de servidumbre legal minera de ocupación se aumenta por la Corte de Antofagasta.
Al momento de fijar el valor, no se pueden desconocer las nuevas formas de desarrollo, especialmente la generación de energía y el aprovechamiento de la luz solar y el viento en los terrenos, que cuentan actualmente con grandes ofrecimientos económicos.
Fallo que condenó al Fisco de Chile al pago de indemnización por daño moral a adolescente que fue sometido a torturas en 1973, queda a firme.
Se tuvo en consideración que la prisión y torturas que sufrió el actor fue a una edad temprana y que según han dicho los testigos le ha dejado secuelas permanentes, todo lo cual permite dar por establecido el sufrimiento y afección sicológica que ha debido soportar.
Ministerio Secretaría General de Gobierno tiene legitimidad pasiva en materia laboral, al tratarse de un órgano que goza de capacidad procesal según la ley.
El Servicio puede ser demandado en sede laboral en razón del principio de supremacía de la realidad y el artículo 4 del Código del Trabajo.
Recurso de protección contra Isapre, Ministerio de Salud y Fisco de Chile por no otorgar cobertura a prestaciones psiquiátricas en el caso de un menor diagnosticado con depresión, se acoge a trámite por la Corte Suprema.
La recurrente sostiene que su vida peligra si su hijo no continúa con controles cercanos con su psiquiatra y psicólogo tratante, con los medicamentos indicados y la supervisión directa de la prevención del suicidio.
El derecho a reclamar por las indemnizaciones y otras prestaciones derivadas del despido nacen precisamente cuando la relación laboral finaliza. El plazo de prescripción de la acción sólo puede comenzar a correr desde la época en que se le puso término.
Se rechaza la excepción de prescripción opuesta por el Fisco el que se encuentra obligado a pagar subsidiariamente las indemnizaciones y prestaciones laborales generadas con ocasión del despido.
Sentencia penal condenatoria por delitos de malversación de caudales públicos y lavado de activos es suficiente prueba de los perjuicios en sede civil para acoger demanda indemnizatoria en contra del condenado.
No concurren las infracciones a las normas en que se sustentó el recurso de nulidad, el que no puede prosperar por adolecer de manifiesta falta de fundamento.
No puede prosperar acción de nulidad de derecho público si la resolución que se solicita anular ha sido invalidada de manera previa por la Administración.
La acción de resarcimiento se hizo depender del acogimiento de la pretensión invalidatoria de la resolución que se esgrimió como causante de los daños, por lo que habiéndose desechado esta última la pretensión de indemnización de perjuicios no podía continuar por sí sola.
Corte Suprema condena al Fisco al pago de millonaria indemnización a familiares de víctima de delito de lesa humanidad ocurrido en 1973.
Resulta irrelevante para determinar la responsabilidad del Estado que no se haya logrado individualizar qué funcionario específico fue quien ordenó, ejecutó y participó en el encierro y asesinato de la víctima, lo decisivo es que fue uno o más agentes del Estado obrando en dicha calidad.
Se condena al Fisco a pagar indemnización a inocente condenado en tres procesos penales de manera errónea, debido a que su identidad fue suplantada.
La eventual responsabilidad de Carabineros de Chile está inmersa en la del Ministerio Público, puesto que atento a su rol, debía limitarse a llevar a efecto las órdenes de este último.