
El tribunal estableció que, sin perjuicio de no contar con la cobertura directa del recurso de protección, el derecho a la educación no puede desconocerse, más si en el caso va enlazado al derecho de igualdad ante la ley.
El tribunal estableció que, sin perjuicio de no contar con la cobertura directa del recurso de protección, el derecho a la educación no puede desconocerse, más si en el caso va enlazado al derecho de igualdad ante la ley.
El acceso a la educación es más difícil cuando se trata de personas indígenas, existiendo un gran déficit respecto a la escolaridad por los sacrificios que implica tener que asistir a establecimientos educacionales sin poder estudiar dentro de sus territorios, siguiendo sus propias costumbres y respetando sus culturas.
No se advierte vulneración al derecho a la educación y al derecho de propiedad, en los términos denunciados por la requirente.
La conducta desplegada por la recurrida alteró el statu quo vigente, incurriendo en una actuación que resulta contraria a derecho, toda vez que ejerció un acto de autotutela, proscrito por nuestro ordenamiento jurídico.
El requirente alega que retener dichos dineros vulnera las garantías fundamentales de los alumnos de dicho establecimiento.
El requirente alega que retener dichos dineros provenientes de la subvención escolar vulnera las garantías fundamentales de los alumnos de dicho establecimiento.
Los requirentes, un grupo de educadores diferenciales, alegan que fueron arbitrariamente excluidos de un bono de reconocimiento profesional.
Las deficiencias evidenciadas en el actual proceso de validación constituyen una vulneración al derecho a la educación y una discriminación arbitraria entre los estudiantes del sistema formal y aquellos que no lo son.
El máximo Tribunal ordenó dar curso a la acción, que busca el reconocimiento del cupo de matrícula de una alumna del establecimiento.
Aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de garantías fundamentales consagradas en la Constitución.
Los requirentes, un grupo de educadores diferenciales, alegan que fueron arbitrariamente excluidos del bono de reconocimiento profesional.