Empleador debe reembolsar a trabajadores despedidos por la causal “necesidades de la empresa”, el monto descontado como aporte patronal al seguro de cesantía.
El máximo Tribunal estimó que el descuento debe ser reembolsado porque el despido fue declarado improcedente, en concordancia con el artículo 13 de la Ley Nº19.728.