Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda de declaración de relación laboral en régimen de subcontratación, despido injustificado y nulidad del despido.
El tribunal tuvo por tácitamente aceptados los hechos contenidos en la demanda.
El tribunal tuvo por tácitamente aceptados los hechos contenidos en la demanda.
Las acciones se impetraron contra Comercializadora Montaner Ltda., Traverso S.A., Elaboradora de Vinagres Ltda. y Plásticos Pet S.A.
Los argumentos en que se sustentó el recurso no constituyen los motivos de nulidad invocados.
La actora se desempeñaba como docente de formación general, perteneciente a la Dirección Académica de la institución educacional.
La acción se ejerció por una auxiliar de aseo en contra del Condominio Parque Santa Rosa II.
El actor se desempeñaba como psicólogo de dos colegios municipales.
El sentenciador estimó que la causal invocada se ajustó a derecho.
La causal del artículo 477 del Código del Trabajo se refiere estrictamente a temas de orden jurídico.
El tribunal de alzada estimó que la sentencia impugnada careció de fundamentación.
En el ámbito civil el legislador parte de la premisa de contratantes en igualdad, pero en materia laboral el fin de la regulación tiene por objeto equilibrar la desigualdad de poder entre las partes.