Acción de Protección

Ley N° 19.880.

Corte de Puerto Montt acoge recurso de protección por infracción a plazo máximo de 6 meses para procedimientos administrativos.

“El incumplimiento de los plazos por parte de la administración, amenaza en especial la garantía constitucional del artículo 19 N° 3 inciso quinto de la Constitución Política de la República, al imponérsele al recurrente una multa en un procedimiento viciado, en razón del incumplimiento de los plazos legales, así como también porque la administración intenta sustraerse de la aplicación de la Ley Nº 19.880, que debe informar los procedimientos administrativos”.

27 de junio de 2012
En contra de la Inspección del Trabajo.

CS acoge protección y declara que plazos para reclamación administrativa de multas laborales se rigen por Ley N° 19.880.

“la actuación de la recurrida constituye un acto ilegal, desde que por ella se negó a tramitar un recurso contemplado en la ley presentado dentro del plazo legal, afectando con ello la garantía de igualdad ante la ley contemplada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, porque al desconocer la autoridad recurrida el plazo legal en toda su extensión ha dado un trato arbitrario que no puede ser aceptado”.

26 de junio de 2012
Derecho de propiedad.

CS acoge acción de protección por negativa de banco a cerrar cuenta corriente.

“origen y naturaleza del depósito a plazo que reclama el recurrente, así como de los descuentos que de éste pueden efectuarse, se inserta en el ámbito de la relación contractual de las partes, y en este contexto, si el actor estima que la negativa que denuncia no era procedente en la especie, tiene el derecho a deducir las impugnaciones que correspondan ante el tribunal competente, a través del respectivo juicio declarativo de lato conocimiento”.

25 de junio de 2012
Prohibición de autotutela.

CS acoge acción de protección por actos de propietario de inmueble.

“la decisión de suspender los suministros básicos no es aceptable desde la perspectiva de la garantía constitucional de la igualdad, en cuanto ella supone que todas las personas deben ser tratadas igualitariamente y que un trato diferenciado no es concebible tratándose de un asunto que se encuentra sometido al conocimiento de los tribunales de justicia”

25 de junio de 2012
Actuación del ente persecutor no fue ilegal ni arbitraria.

Corte de La Serena rechazó acción de protección contra negativa del Fiscal Regional a aplicar salida alternativa en procedimiento penal.

“la concesión de la medida alternativa reclamada por el recurrente, en su caso particular, resulta ser una facultad que la ley le otorga al fiscal adjunto respectivo, de carácter discrecional, no obstante estar presente los requisitos establecidos en el artículo 237 del Código Procesal Penal”,

22 de junio de 2012
Cese de funciones.

CS desestima acción de protección por silencio administrativo y rechaza solicitud de reincorporación de profesor.

“la reconsideración constituye una facultad del Alcalde o Jefe de la Corporación, mas no una obligación, por lo que no existe ningún derecho del recurrente para ocupar el cargo ni obtener el pago de las remuneraciones que reclama, circunstancia que se ve reforzada por no existir norma legal alguna que establezca tal efecto de silencio positivo, por la omisión de resolver la solicitud”.

22 de junio de 2012
Se aborda la problemática de una manera integral.

Informe del CEP y CIEPLAN propone reformas en materia de regulaciones de los partidos políticos.

En días pasados, el Centro de Estudios Públicos (CEP)  y la Corporación de Estudios para América Latina (CIEPLAN) publicaron un Informe conjunto titulado “Propuestas de Reforma a los Partidos Políticos Chilenos”. El informe parte de la constatación de una “preocupante caída en la adhesión y representatividad de los partidos, lo que redunda en una pérdida […]

22 de junio de 2012
Páginade 613