TC dictó sentencia acogiendo requerimiento de inaplicabilidad que impugnó norma de la Ley de Transparencia.
«con la expresión inviolabilidad se apunta a proteger dos bienes jurídicos simultáneamente: por una parte, el de la libertad de las comunicaciones; por la otra, se protege el secreto de las comunicaciones. Lo que esta garantía protege es la comunicación, cualquiera sea su contenido y pertenezca o no éste al ámbito de la privacidad o intimidad».