CS acogió recurso de protección deducido en contra de la Inspección del Trabajo que multó a una empresa. Organismo público se arrogó facultades privativas de los tribunales de justicia.
La Corte Suprema revocó la sentencia en alzada y acogió el arbitrio constitucional, para lo cual tuvo en consideración que la Dirección del Trabajo procedió a interpretar por sí las cláusulas de los contratos que regulan la relación laboral entre la empresa recurrente y los trabajadores, con lo que se arrogó facultades propias y excluyentes de los tribunales laborales.