Obligación de los empleadores de proveer beneficio de sala cuna a trabajadores puede mutar a una compensación pecuniaria en casos excepcionales, reafirma la Dirección del Trabajo.
En el supuesto de que se solicite de forma retroactiva su pago, es necesario que las trabajadoras recurran a la justicia, pues deben probarse y ponderarse sus circunstancias.