Corte de Santiago

Non bis in idem.

Cada año escolar constituye un año financiero distinto, por lo que las sostenedoras deben acreditar anualmente la disponibilidad de fondos no utilizados, si no lo hacen, se consuma una nueva infracción.

Lo contrario implicaría entender que la sostenedora quedaría liberada de la obligación de acreditar los saldos disponibles de cada año, pues si no pudiese ser sancionada por no acreditarlos, quedaría a su arbitrio y fuera de control la disponibilidad de saldos, lo que sería especialmente grave, pues se trata de recursos fiscales.

25 de enero de 2022
Filiación.

Corte Suprema ordena al Registro Civil a otorgar posesión efectiva a solicitante que se le negó, debido a que el reconocimiento de su padre, no se realizó de conformidad con los requisitos que la normativa vigente exigía.

La conducta denunciada resulta ilegal, pues además de desconocer la filiación del padre del solicitante, desestima los derechos que la normativa vigente le otorga, tornándose en una discriminación arbitraria, que importa mantener la calidad de hijo ilegítimo, categoría derogada en la legislación.

16 de enero de 2022
Páginade 67