Corte de Santiago

En fallo unánime.

Corte de Santiago confirma fallo que definió servicios mínimos de canal de televisión para el funcionamiento de las áreas técnica, prensa, producción y programación del canal público.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió parcialmente el reclamo interpuesto por Sindicato N° 3 de Trabajadores de TVN en contra de la resolución de la Dirección Nacional de Trabajo que fijó estos servicios mínimos.

22 de septiembre de 2020
Páginade 67